Seguro para Barcos
Navegar puede ser una de las experiencias más gratas que se pueden llegar a vivir, sin embargo, el mar también puede llegar a ser peligroso en algunas ocasiones, es por ello que siempre se debe tener cuidado al andar en cualquier tipo de embarcación; y sobre todo, contar con los seguros adecuados, ya que de esta manera, se pueden sobrellevar posibles tragedias con mayor facilidad.
Índice del Artículo
- 1 Lo que necesitas saber sobre los seguros de embarcación
- 2 Seguro obligatorio para embarcaciones de recreo
- 3 Seguro voluntario en los navíos de recreo
- 4 Coberturas que suelen tener los seguros para barcos
- 5 ¿Qué documentación se necesita para asegurar una embarcación?
- 6 ¿Cómo se calculan las primas a pagar en un seguro náutico?
- 7 Tipos de seguros para barcos
Lo que necesitas saber sobre los seguros de embarcación
Al momento de adquirir una embarcación, es fundamental saber, que se necesitará contratar al menos un seguro para navegar tranquilamente; anudado a ello, se puede contratar seguros no obligatorios, en donde se tengan mayores coberturas que garanticen el bienestar de todos los tripulantes, ya que los seguros para embarcaciones, no solamente cubren los daños al asegurado; sino también, los daños que sufra quien navegue el bote y en ocasiones, los daños que sufran los tripulantes (puede variar, según el seguro en cuestión).
Seguro obligatorio para embarcaciones de recreo
Desde 1999, toda embarcación que se encuentra en mar español, tiene la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil (como mínimo). Esto incluye: motos acuáticas, veleros, embarcaciones deportivas y de recreo (básicamente, cualquier objeto flotante que se utilice para navegar, ya que así lo establece la Ley).
Por otro lado, en caso de no contar con un seguro de responsabilidad civil, el propietario de la embarcación se puede enfrentar a una multa de 20.000 euros, sin mencionar, que también puede llegar a perder el permiso de navegación (en caso de tener una embarcación considerablemente grande).
Como último dato de interés, todo barco extranjero que navegue en aguas españolas, de igual manera debe contar con un seguro de responsabilidad civil; este puede ser del extranjero, pero debe cubrir los daños que ocurran en el en España, para que pueda ser considerado como válido.
Sabiendo esto, es fundamental saber lo siguiente:
La responsabilidad civil, hace referencia a la obligación que tienen todas las personas de pagar los daños que le ocasionen a terceros; bien sea de manera internacional o no; además, los daños pueden ser tanto físicos, emocionales y materiales.
Ahora bien, la Ley en España establece, que toda responsabilidad civil para embarcaciones, debe tener las siguientes coberturas para ser válida:
- Cualquier daño material que se le ocasione a un tercero.
- Pagos correspondientes a las personas que de una u otra forma, se vean afectadas por la muerte del afectado en cuestión.
- Capacidad de cubrir cualquier lesión o muerte, que se le genere a un tercero a raíz del uso de una embarcación.
- Daños por colisión (bien sea a otras embarcaciones o puerto).
Como último dato de interés, la Ley también establece que este seguro de responsabilidad civil debe tener unos capitales mínimos para ser considerado como válido. Dichos capitales mínimos, son los siguientes:
- Si se es un daño material o económico, el capital mínimo a de la cobertura, debe ser de 96.000 euros.
- Si se le ocasiona un daño directo a un tercero, la cobertura de la responsabilidad civil debe ser de al menos 120.000 euros.
- Por último, en caso de muerte, la cobertura debe ser de por lo menos 240.000 euros.
En caso de que la responsabilidad civil no tenga estas coberturas mínimas, el seguro puede ser considerado como no válido; aunque la multa a aplicar, sería inferior.
Como último dato de interés, estas coberturas son obligatorias de igual manera para seguros de motos de agua, seguros para veleros, y en general, cualquier seguro de embarcación (sin importar el tipo).
Seguro de embarcaciones para competiciones
Toda embarcación que de una u otra manera participe en competiciones, no solamente debe contar con la responsabilidad civil normal; sino que además, debe contar con una responsabilidad civil, que tenga la capacidad de cubrir cualquier accidente que se pueda generar con cualquiera de las personas que intervienen en la competición.
En este sentido, se debe contar con una responsabilidad civil que no solo cubra los daños generados a terceros de manera directa, sino que además, cubra los daños que se generen a terceros de manera indirecta.
Seguro obligatorio para barcos extranjero en mares de España
Como se explicaba al inicio del tema, toda embarcación extranjera que quiera navegar en el mar español, debe contar con un seguro de responsabilidad civil; que tenga las coberturas mínimas, que se han establecido anteriormente. Esto también incluye, los capitales mínimos de las coberturas.
Por otro lado, la responsabilidad civil de la embarcación extranjera, debe cubrir cualquier siniestro que ocurra fuera del territorio en donde se ha contratado el seguro; en este sentido, si por alguna razón el seguro no cubre los daños que ocurran en el mar de España, esta pasa a ser invalido; y la multa a recibir, de igual manera puede ser de 20.000 euros.
¿Cómo justificar que se tiene un seguro para barcos?
Las autoridades tienen el derecho de solicitar la información del seguro de una embarcación, es por ello, que es fundamental contar con el comprobante de pago; siempre y cuando este tenga los siguientes datos:
- Periodo de duración.
- La compañía aseguradora.
- Identificación del navío.
- Cobertura del seguro.
En caso de que estos datos no se encuentren en el recibo, será necesario llevar la póliza de la embarcación; en caso de que esta documentación no se encuentre en el barco y las autoridades la estén solicitando, el dueño del mismo tiene un periodo de 5 días hábiles para hacer llegar los documentos a las autoridades solicitantes.
El único seguro obligatorio para una embarcación, es la responsabilidad civil; y la misma, debe tener las coberturas mínimas que establece la Ley. Sin embargo, los propietarios tienen la opción de aumentar las coberturas; es decir, de contratar un seguro que no solamente garantice la responsabilidad civil, sino que además, ofrezca otras coberturas, como por ejemplo:
- Daños a la embarcación: En caso de que la embarcación sufra cualquier tipo de daño, el seguro se hará cargos de los mismos; siempre y cuando no hayan siendo intencionales.
- Protección jurídica: En caso de un accidente que afecte a un tercero, el seguro también puede ofrecer asesoría y protección jurídica, para evitar complicaciones por lo ocurrido.
- Asistencia en viaje: Si el asegurado desea realizar un viaje largo; el seguro puede ofrecer asistencia, en todo lo que se necesite (siempre y cuando, las cosas solicitadas estén cubiertas por el seguro).
- Accidentes personales: Si se llega a presentar un accidente a bordo del navío, el seguro puede cubrir todos los gastos que se relacionen al mismo.
En pocas palabras, las coberturas voluntarias que se pueden contratar, son realmente amplías e incluso, algunos seguros ofrecen la opción de personalizar dichas coberturas.
Coberturas que suelen tener los seguros para barcos
Las coberturas de los seguros pueden variar, según el tipo de seguro que se contrate. Además de ello, todo seguro voluntario que se decida contratar, tiene por Ley, las coberturas exigidas de la responsabilidad civil (las cuales se han mencionado anteriormente).
Por otro lado, las coberturas extras y no obligatorias, pueden variar según el seguro en cuestión y de las peticiones que se tengan.
En pocas palabras, las coberturas que los seguros suelen tener son las siguientes:
- Daños materiales que se le ocasione a un tercero (incluyendo los daños que se puedan generar por colisión).
- Pagos de indemnizaciones por muerte.
- Capacidad de cubrir cualquier lesión o muerte, que se le genere a un tercero a raíz del uso de una embarcación.
Que básicamente, hacen referencia a la responsabilidad civil. Las coberturas extras que se contraten, pueden variar según lo que se desee (y las coberturas extras que se suelen contratar, se han mencionado con anterioridad).
¿Qué no cubre un seguro de embarcación?
Las limitaciones que tengan un seguro, pueden variar según la compañía aseguradora en cuestión; sin embargo, en su mayoría, los seguros no cubren las siguientes situaciones:
- Multas o cualquier penalización legal, que sea por culpa del asegurado.
- Daños hechos hacia le embarcación por el propio asegurado o bajo su consentimiento (puede variar, según el tipo de seguro; pero si el asegurado ha dañado la embarcación apropósito, la aseguradora no tiene ninguna obligación de cubrir los daños).
- Daños a raíz de competiciones (al menos que sea un seguro especializado).
Nuevamente hay que destacar, que estas limitaciones pueden variar, dependiendo del seguro a contratar.
¿Qué documentación se necesita para asegurar una embarcación?
Al momento de solicitar un seguro para embarcación, es necesario contar con cierta documentación; que permite a la compañía aseguradora, crear un registro del asegurado en cuestión.
Ahora bien, los documentos que se necesitan para asegurar una embarcación, son los siguientes:
- Certificados de navegabilidad.
- Documento donde se detallen los detalles técnicos de la embarcación.
- Matrícula.
- Registro de la embarcación.
- Certificado de registro.
- Patente de navegación.
- Permisos de navegación.
Dependiendo de la compañía, es posible que se soliciten más documentos, sin embargo, con estos suelen ser suficientes.
¿Cómo se calculan las primas a pagar en un seguro náutico?
Un seguro para embarcación, puede variar mucho en su precio, dependiendo de la embarcación que se planee asegurar; es decir, dependiendo del precio que tenga la embarcación, las primas a pagar tendrán un precio diferente.
En este sentido, si la embarcación es nueva, la aseguradora tomará como referencia el precio pagado por la misma; en caso de que sea de segunda mano, la misma evaluará el estado de la embarcación, para fijar un precio. Anudado a ello, el tamaño de la embarcación juega un papel fundamental; mientras más grande sea la misma, mayor será el precio del seguro.
Además de ello, en ocasiones también suelen tener en cuenta los inmuebles y cosas que estén a bordo de la embarcación, aunque esto, lo hacen solamente si es un seguro que cubre los daños de la embarcación también. Por otro lado, también se suele tener en cuenta la capacidad que tenga la embarcación; es decir, las velocidades que pueda alcanzar.
En caso de ser tan solamente la responsabilidad civil, esta suele tener un precio más estándar, que puede ir desde los 30, hasta los 150 euros al mes, dependiendo de las pólizas que este garantice.
Precio de un seguro de embarcación
Como se ha mencionado anteriormente, los precios de un seguro para embarcación pueden variar mucho, sin embargo, se puede decir que su precio medio es el siguiente:
- Si se es un seguro para una embarcación a motor, el precio de las primas puede ir desde los 40 euros, hasta los 100 euros.
- Si se desea contratar un seguro para veleros, el precio puede ir desde los 50 euros, hasta los 300 euros, dependiendo del tamaño de la embarcación.
- Si es un seguro para motos de agua, el precio puede ir desde los 100, hasta los 250 euros, dependiendo del número de plazas.
Estos precios solamente cubren la responsabilidad civil, aunque es posible encontrar algunos seguros con los mismos precios, que también cubran los daños a la embarcación; pero bajo ciertos términos.
Tipos de seguros para barcos
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