Qué es el seguro de caución
El seguro de caución es una modalidad de garantía pensada para empresas y autónomos que forma parte de los seguros para empresas. Su definición legal está en el artículo 68 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro: por este seguro «el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato».
Intervienen tres partes: el tomador (tu empresa, que contrata el seguro y cuyas obligaciones se garantizan), el asegurado o beneficiario (el tercero que cobra la indemnización si incumples: una Administración, un cliente, un proveedor) y la aseguradora. Un rasgo esencial, recogido en el mismo artículo 68, es que todo pago que haga la aseguradora al beneficiario debe serle reembolsado por el tomador: no es un seguro que «te cubre» a ti, sino una garantía a favor de un tercero que tú acabas asumiendo. Por eso la aseguradora estudia tu solvencia antes de emitirla, igual que un banco al conceder un aval.
Diferencias entre el seguro de caución y el aval bancario
El seguro de caución y el aval bancario cumplen la misma función —garantizar a un tercero que cumplirás— pero tienen diferencias prácticas relevantes. La principal es quién lo emite y cómo afecta a tu financiación: el aval lo concede un banco y consume tu línea de riesgo, mientras que el seguro de caución lo emite una aseguradora autorizada en el ramo y no computa en la Central de Información de Riesgos (CIRBE) del Banco de España, por lo que no reduce el crédito bancario disponible para tu actividad.
En ambos casos el garante (banco o aseguradora) puede reclamarte lo que haya pagado, así que ninguno te exime de la obligación de fondo. La elección entre uno y otro depende de tu perfil, del coste, de las garantías o contragarantías exigidas y de si el beneficiario acepta el seguro de caución, algo habitual en la contratación pública. La comparación caso a caso es la parte donde una correduría aporta más valor.
| Aspecto | Seguro de caución | Aval bancario |
|---|---|---|
| Quién lo emite | Aseguradora autorizada en el ramo de caución | Entidad bancaria |
| Consumo de crédito bancario | No computa en la CIRBE del Banco de España | Consume línea de riesgo y figura en la CIRBE |
| Reembolso al garante | Sí: el tomador reembolsa lo pagado (art. 68 LCS) | Sí: el avalado reembolsa lo pagado |
| Uso en contratación pública | Admitido como garantía definitiva (art. 108 LCSP) | Admitido como garantía definitiva (art. 108 LCSP) |
| Coste | Consultar (prima según importe, plazo y solvencia) | Consultar (comisión más gastos) |
Elaboración de Seguratis a partir de la Ley 50/1980 (art. 68), la Ley 9/2017 (art. 108) y la información del Banco de España sobre la CIRBE. Comparación general, no una recomendación individual ·
Para qué sirve: usos más frecuentes
El seguro de caución se usa siempre que un tercero exige una garantía de que cumplirás una obligación. Los casos más habituales en España son:
- Contratación pública. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público admite el seguro de caución como garantía provisional y definitiva ante Administraciones (art. 108). Es la vía típica para licitar y ejecutar obras y servicios públicos.
- Obra y construcción. Garantías de anticipos, de buena ejecución o de cumplimiento frente a promotores y clientes privados.
- Aplazamientos y fraccionamientos de deudas con Hacienda o la Seguridad Social, como garantía admitida para diferir el pago de impuestos.
- Licencias de actividad y garantías medioambientales, exigidas por ayuntamientos o comunidades autónomas.
- Sectores regulados como energías renovables (garantías de acceso a la red), agencias de viajes o gestión de residuos.
En todos ellos el importe garantizado y las condiciones los fija quien exige la garantía (el pliego, el contrato o la norma), y la aseguradora emite la póliza a la medida de ese requisito.
Qué garantiza y qué no garantiza
El seguro de caución garantiza al beneficiario el resarcimiento de los daños patrimoniales derivados de que la empresa tomadora incumpla la obligación garantizada, hasta el límite (suma asegurada) fijado en la póliza. Ese límite se corresponde con la garantía exigida en cada caso: por ejemplo, en contratación pública la garantía definitiva se calcula sobre el precio del contrato conforme a la Ley 9/2017. No es un seguro de daños de tu empresa ni sustituye a otras coberturas como la responsabilidad civil.
Lo que no hace el seguro de caución es liberarte de tu deuda: como establece el artículo 68 de la Ley de Contrato de Seguro, cualquier importe que la aseguradora pague al beneficiario te lo reclamará después a ti. Tampoco cubre obligaciones distintas de la garantizada en la póliza, ni los incumplimientos anteriores a su entrada en vigor. Las exclusiones concretas, el plazo y las contragarantías dependen de cada compañía y de cada operación, por lo que deben revisarse en el condicionado antes de firmar.
Seguro de caución: ventajas y puntos a tener en cuenta
Precio del seguro de caución
El precio del seguro de caución no es una tarifa fija: se expresa normalmente como una prima sobre el importe garantizado y depende del capital que se garantiza, del plazo, del tipo de obligación y, sobre todo, de la solvencia y el historial de la empresa tomadora, que la aseguradora analiza antes de emitir la póliza. También influyen las contragarantías que se aporten. Por todo ello, no publicamos un importe cerrado: el precio se confirma en el presupuesto para cada operación concreta. Consultar.
Como la prima y la aceptación varían mucho de una compañía a otra según tu balance y la operación, comparar varias aseguradoras a la vez es lo que marca la diferencia. Una correduría gestiona ese estudio con distintas compañías del ramo sin coste de asesoramiento para ti.
Cómo contratar un seguro de caución
- 1 Identifica qué te piden: el pliego de licitación, el contrato, la resolución de Hacienda o la norma que exige la garantía, con su importe y su plazo.
- 2 La aseguradora necesita cuentas anuales, situación fiscal y, según el caso, información del contrato garantizado para valorar el riesgo.
- 3 La prima y la aceptación cambian según tu perfil. Comparar varias aseguradoras evita pagar de más y aumenta la probabilidad de emisión.
- 4 Una vez aprobada, la aseguradora emite la póliza o certificado de caución, que entregas al organismo o cliente que exige la garantía.
El coste y la aceptación de un seguro de caución dependen de tu balance y de la operación, y varían mucho entre compañías. Con el comparador de Seguratis estudiamos tu caso con distintas aseguradoras del ramo a la vez. El asesoramiento de la correduría es gratuito y Seguratis está inscrita en la DGSFP.
Comparar mi seguro de caución →Es un contrato por el que una aseguradora garantiza a un tercero que, si tu empresa incumple una obligación legal o contractual, le indemnizará los daños hasta el límite pactado. Está definido en el artículo 68 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Después, la aseguradora te reclama lo que haya pagado.
Ambos garantizan a un tercero, pero el aval lo emite un banco y consume tu línea de crédito, mientras que el seguro de caución lo emite una aseguradora y no computa en la CIRBE del Banco de España. En los dos casos el garante puede reclamarte lo que pague.
Sí. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público admite el seguro de caución como garantía provisional y definitiva ante las Administraciones, siempre que lo emita una entidad aseguradora autorizada en el ramo (artículo 108).
No. El artículo 68 de la Ley de Contrato de Seguro establece que todo pago que la aseguradora haga al beneficiario debe serle reembolsado por el tomador. La garantía protege al tercero, no te exime a ti de tu obligación.
No hay una tarifa fija: la prima se calcula sobre el importe garantizado y depende del plazo, del tipo de obligación y de la solvencia de la empresa. El precio se confirma en el presupuesto de cada operación. Consultar.
El seguro de caución es una de las garantías que se pueden aportar para solicitar aplazamientos o fraccionamientos de deudas tributarias. La admisión y las condiciones concretas dependen de la resolución de la Administración en cada caso.
Jaime V.
Redactor de seguros
Jaime V. es redactor de seguros en Seguratis. Formó parte del equipo de la correduría durante varios años,
ayudando a clientes a entender y comparar seguros de personas antes de contratar. Hoy vuelca esa experiencia
en los contenidos de la web: explica coberturas, carencias y letra pequeña en lenguaje claro para que cada
persona elija con criterio y sin sorpresas.
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