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Siniestro

Definición

Un siniestro es el hecho previsto en la póliza cuyas consecuencias cubre la aseguradora. Es lo que activa el seguro: hasta que ocurre hay contrato, pero no hay prestación.

Qué hacer cuando ocurre

Comunicarlo a la aseguradora cuanto antes. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro da siete días desde que se conoce, salvo que la póliza conceda más, y obliga además a aminorar las consecuencias en lo que se pueda.

Qué pide la compañía

La documentación que acredite el hecho y su alcance. Cuanto antes se reúna, antes se resuelve: los retrasos en un expediente casi siempre son papeles que faltan, no mala fe.

Si no están de acuerdo

Antes de ir a otro sitio, existe el departamento de atención al cliente de la aseguradora y, después, el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP. Y si el seguro se contrató con una correduría, esa correduría te acompaña también aquí: es parte de su trabajo, no un extra.

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