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Consorcio de Compensación de Seguros

Definición

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que cubre los riesgos extraordinarios —terremotos, inundaciones, terrorismo— que las pólizas privadas excluyen, y actúa como fondo de garantía cuando una aseguradora quiebra.

Cómo se paga

Con un recargo obligatorio que aparece desglosado en el recibo de muchas pólizas. No es una comisión de la compañía: es la aportación al Consorcio.

Cuándo entra

Cuando el daño lo causa un fenómeno calificado como extraordinario y el bien estaba asegurado. Se reclama directamente al Consorcio.

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