¿Qué es la responsabilidad civil subsidiaria?
La responsabilidad civil subsidiaria es la obligación de indemnizar un daño que la ley traslada a una persona distinta de quien lo causó, pero con una condición clave: solo entra en juego en defecto del responsable principal, esto es, cuando el causante directo no puede hacer frente a la indemnización. Es el rasgo que la define y que la diferencia del resto de figuras: no responde a la vez que el culpable, sino después y solo si este no paga. Para entender de dónde nace esta obligación conviene partir del concepto general que explicamos en la guía del seguro de responsabilidad civil: quien causa un daño a otro está obligado a repararlo.
Esta figura tiene una doble base legal en España. En la vía civil, el artículo 1903 del Código Civil establece que se responde no solo por los actos propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder (hijos, personas tuteladas, empleados y dependientes). En la vía penal, cuando el daño procede de un delito, el artículo 120 del Código Penal declara responsables civiles subsidiarios, «en defecto de los que lo sean criminalmente», a padres o tutores, a titulares de medios de comunicación, a titulares de establecimientos y a empresas por los delitos que cometan sus empleados en el ejercicio de sus funciones.
Obligación de reparar un daño que recae sobre una persona distinta del causante (empresario, padre, tutor o titular de un establecimiento) y que solo se hace efectiva cuando el responsable principal no puede indemnizar. Es subsidiaria porque actúa 'en defecto' del culpable directo, no de forma simultánea.
¿En qué casos se aplica la responsabilidad civil subsidiaria?
La responsabilidad civil subsidiaria aparece siempre que existe una relación de dependencia, guarda o control entre quien causa el daño y quien acaba respondiendo de él. Los supuestos más habituales son estos:
- Empresarios por sus empleados. Es el caso más frecuente. Si un trabajador causa un daño a un tercero mientras desempeña su trabajo, la empresa responde: por vía civil según el artículo 1903 del Código Civil y, si el hecho es delictivo, por vía penal según el artículo 120.4 del Código Penal.
- Padres y tutores por menores o personas a su cargo. Responden de los daños causados por los hijos que conviven con ellos o por las personas sujetas a su tutela (arts. 1903 CC y 120.1 CP).
- Titulares de establecimientos. Quien es titular de un local, bar, tienda o negocio responde de los delitos cometidos en él cuando ha habido infracción de los reglamentos de policía o de las condiciones exigidas (art. 120.3 CP).
- Titulares de medios de comunicación. Editoriales, periódicos, emisoras de radio o televisión responden de los delitos cometidos utilizando esos medios (art. 120.2 CP).
- Titulares de vehículos. El propietario de un vehículo responde de los delitos cometidos por sus dependientes o representantes al usarlo (art. 120.5 CP).
En todos los casos, el tercero perjudicado reclama primero al causante directo; solo si este no puede indemnizar entra en juego el responsable subsidiario.
| Responsable subsidiario | Por los actos de | Base legal |
|---|---|---|
| Empresario o empresa | Sus empleados y dependientes en el trabajo | Art. 1903 CC · Art. 120.4 CP |
| Padres y tutores | Hijos convivientes y personas tuteladas | Art. 1903 CC · Art. 120.1 CP |
| Titular de establecimiento | Delitos cometidos en el local | Art. 120.3 CP |
| Titular de medio de comunicación | Delitos cometidos usando el medio | Art. 120.2 CP |
| Titular de vehículo | Dependientes que lo conducen | Art. 120.5 CP |
Código Civil (arts. 1902-1904) y Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal (art. 120), BOE ·
Diferencias entre responsabilidad civil subsidiaria, directa y solidaria
Conviene no confundir tres figuras que suelen aparecer juntas pero que funcionan de forma muy distinta. La diferencia está en quién responde y en qué orden:
- Responsabilidad civil directa. Responde quien causa el daño, por su propia culpa o negligencia (art. 1902 del Código Civil). Es la regla general: el que rompe, paga.
- Responsabilidad civil solidaria. Varios responsables responden del daño al mismo nivel. El perjudicado puede reclamar la totalidad de la indemnización a cualquiera de ellos, sin tener que dirigirse antes contra uno en concreto. No hay orden de prelación.
- Responsabilidad civil subsidiaria. El responsable subsidiario solo paga en defecto del principal, es decir, cuando el causante directo no puede hacer frente a la indemnización. Hay un orden: primero el culpable, después el subsidiario.
En términos prácticos: en la solidaria el perjudicado elige a quién reclama desde el principio; en la subsidiaria existe un turno y el tercero solo responde si el primero falla. Puedes ver el detalle de la otra modalidad en nuestra guía sobre la responsabilidad civil solidaria.
Cómo cubre el seguro la responsabilidad civil subsidiaria
Aquí es donde entra el seguro. La mayoría de las pólizas de responsabilidad civil de empresa, de explotación o patronal incluyen expresamente la garantía de responsabilidad civil subsidiaria: la aseguradora asume la indemnización que se le reclame al asegurado por los daños causados por sus empleados, colaboradores o subcontratas mientras trabajan por cuenta suya. Sin esta cobertura, una empresa podría verse obligada a pagar de su patrimonio un daño provocado por un tercero que depende de ella y que resulta insolvente.
El seguro se rige por la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que en su artículo 73 define el seguro de responsabilidad civil como aquel por el que el asegurador cubre el riesgo de que nazca a cargo del asegurado la obligación de indemnizar a un tercero. En estas pólizas conviene revisar tres puntos: el capital asegurado (el límite máximo por siniestro y por año), la franquicia (la parte que asume el asegurado en cada siniestro) y las exclusiones (por ejemplo, los daños causados con dolo, que la ley no permite cubrir). Antes de contratar es útil comparar coberturas y límites entre varias compañías con un comparador de seguros de responsabilidad civil.
Cantidad fija o porcentaje que el asegurado asume de su bolsillo en cada siniestro antes de que la aseguradora empiece a pagar. En las pólizas de responsabilidad civil suele expresarse como un importe por siniestro.
Ver en el glosarioEn un seguro de responsabilidad civil de empresa, la garantía de RC subsidiaria y su capital cambian de una compañía a otra. Compara los límites, la franquicia y las exclusiones de varias aseguradoras a la vez. El precio es el mismo que contratando directamente con la compañía y el asesoramiento de la correduría es gratuito.
Comparar seguros de responsabilidad civil →La responsabilidad civil subsidiaria solo se activa en defecto del responsable principal: primero responde el causante y, si no puede, el subsidiario. Su base legal está en los artículos 1902 a 1904 del Código Civil y en el artículo 120 del Código Penal cuando el daño deriva de un delito. El seguro de RC de empresa suele cubrirla, pero no ampara los daños dolosos. Seguratis es correduría inscrita en la DGSFP; esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico.
Es la obligación de reparar un daño que recae sobre una persona distinta del causante (empresario, padre, tutor o titular de un establecimiento), pero solo cuando el responsable principal no puede indemnizar. Actúa 'en defecto' del culpable directo.
En la solidaria varios responsables responden al mismo nivel y el perjudicado puede reclamar el total a cualquiera desde el principio. En la subsidiaria hay un orden: primero responde el causante y solo si este no puede pagar entra el responsable subsidiario.
Por vía civil, los artículos 1902 a 1904 del Código Civil. Cuando el daño deriva de un delito, el artículo 120 del Código Penal, que declara responsables civiles subsidiarios a padres, tutores, empresas y titulares de establecimientos o medios.
Sí. Si un trabajador causa un daño a un tercero en el ejercicio de su trabajo, la empresa responde de forma subsidiaria: por el artículo 1903 del Código Civil y, si el hecho es delictivo, por el artículo 120.4 del Código Penal.
Normalmente sí. Las pólizas de RC de empresa, explotación o patronal suelen incluir la garantía de responsabilidad civil subsidiaria, de modo que la aseguradora indemniza los daños causados por empleados o subcontratas. Conviene revisar el capital y las exclusiones.
No. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro no permite cubrir los daños causados de forma intencionada (dolo). El seguro de responsabilidad civil ampara la culpa o la negligencia, pero no los actos dolosos del asegurado.