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Diferencia entre tomador y asegurado

El tomador del seguro es quien firma el contrato con la aseguradora y asume las obligaciones, sobre todo pagar la prima; el asegurado es la persona (o el bien) sobre la que recae el riesgo cubierto por la póliza. En muchos seguros ambos son la misma persona, pero pueden ser distintos: la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro permite contratar "por cuenta propia o ajena", de modo que puedes ser tomador de una póliza cuyo asegurado es otra persona. En este diccionario de Seguratis, correduría inscrita en la DGSFP, te explicamos qué papel juega cada uno, qué pasa cuando no coinciden y cómo encajan el asegurador y el beneficiario.

Resumen
El tomador es quien contrata y firma la póliza y asume las obligaciones del contrato (pagar la prima y declarar el riesgo); el asegurado es el titular del interés o del riesgo que se cubre.
Pueden ser la misma persona o personas distintas: el artículo 7 de la Ley 50/1980 permite contratar el seguro por cuenta propia o ajena, y en ese caso los derechos del contrato corresponden al asegurado.
Conviene no confundirlos con el asegurador (la compañía que cubre el riesgo) ni con el beneficiario (quien cobra la indemnización, sobre todo en los seguros de vida).

Qué es el tomador del seguro

El tomador del seguro es la persona (física o jurídica) que celebra el contrato con la aseguradora y firma la póliza. Es la parte contratante y, por tanto, quien asume las obligaciones que la ley y el contrato imponen. La principal es el pago de la prima: el artículo 14 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro establece que «el tomador del seguro está obligado al pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza». Además, antes de contratar debe declarar el riesgo con veracidad (artículo 10) y, durante la vigencia del contrato, comunicar los cambios que agraven ese riesgo (artículos 11 y 12).

Como parte del contrato, el tomador también concentra la mayoría de los derechos de gestión de la póliza: recibir la información precontractual, modificar coberturas, designar o cambiar al beneficiario en los seguros de vida y decidir la baja o la no renovación en los plazos legales. En resumen, el tomador es «quien manda» en el contrato: lo firma, lo paga y lo administra.

Qué es el asegurado

El asegurado es el titular del interés o del riesgo que la póliza cubre: la persona sobre cuya vida o salud, o sobre cuyos bienes o responsabilidad, se aplica la cobertura. Es la figura sobre la que «recae» el seguro. En un seguro de salud, el asegurado es quien recibe la asistencia médica; en uno de vida, aquel de cuyo fallecimiento o supervivencia depende la prestación; en uno de coche o de hogar, el titular del vehículo o de la vivienda protegida.

El asegurado no tiene, por regla general, las obligaciones de pago del tomador, pero sí asume ciertos deberes que le corresponden «por su naturaleza», como someterse a un reconocimiento médico si la póliza lo exige o comunicar el siniestro cuando ocurre. La Ley 50/1980 lo describe como «una persona determinada o determinable», y a él (o al beneficiario) corresponden los derechos que derivan del contrato cuando tomador y asegurado no son la misma persona.

En qué se diferencian el tomador y el asegurado

La diferencia de fondo es sencilla: el tomador contrata y paga, y el asegurado es el titular del riesgo cubierto. En una parte importante de las pólizas, ambos papeles coinciden en la misma persona (contratas tu propio seguro de salud, de coche o de hogar). Pero la ley permite separarlos, y hay situaciones habituales en las que no coinciden: una empresa (tomador) que asegura a sus empleados (asegurados), un hijo que contrata y paga (tomador) un seguro sobre sus padres (asegurados), o un banco que exige un seguro de vida vinculado a una hipoteca.

El artículo 7 de la Ley 50/1980 es la clave: «el tomador del seguro puede contratar el seguro por cuenta propia o ajena». Cuando se contrata por cuenta ajena (tomador y asegurado distintos), las obligaciones del contrato recaen sobre el tomador —salvo las que por su naturaleza deba cumplir el asegurado—, mientras que los derechos que derivan del contrato corresponden al asegurado o, en su caso, al beneficiario. Es decir: paga y gestiona el tomador, pero quien está protegido y a quien corresponde la prestación es el asegurado.

Tomador frente a asegurado: quién hace qué (según la Ley 50/1980)
AspectoTomador del seguroAsegurado
Papel en el contrato Firma y contrata la póliza (parte contratante) Titular del riesgo o interés cubierto
Obligación principal Pagar la prima (art. 14) y declarar el riesgo (art. 10) Deberes que le corresponden por su naturaleza (p. ej. reconocimiento médico)
Derechos de gestión Modificar coberturas, designar beneficiario, dar de baja Recibir la protección y, en su caso, la prestación
¿Puede ser otra persona? Sí; contrata por cuenta propia o ajena (art. 7) Sí; puede no ser quien paga la póliza

Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (BOE), artículos 7, 10 y 14 ·

Qué significa
Beneficiario del seguro

Persona designada en la póliza para recibir la indemnización o prestación cuando ocurre el hecho asegurado, sobre todo en los seguros de vida. Puede coincidir con el asegurado o ser distinto (por ejemplo, los hijos o el cónyuge en un seguro de vida).

Ver en el glosario

Tomador, asegurado, asegurador y beneficiario: no confundas las figuras

En un contrato de seguro intervienen hasta cuatro figuras y es fácil mezclarlas. El asegurador es la compañía que asume el riesgo y se obliga a indemnizar a cambio de la prima; es la contraparte del tomador y debe estar autorizada e inscrita en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El tomador contrata y paga; el asegurado es el titular del riesgo cubierto; y el beneficiario es quien percibe la indemnización cuando llega el momento, una figura que cobra especial importancia en los seguros de vida.

Un ejemplo típico lo aclara todo: en un seguro de vida vinculado a una hipoteca, tú puedes ser a la vez tomador y asegurado (lo contratas y es tu vida la cubierta), mientras que el beneficiario designado son tus hijos o tu pareja, y el asegurador es la compañía. Distinguir bien quién es quién importa mucho a la hora de rellenar el cuestionario de salud, de cobrar una prestación o de reclamar, porque cada figura tiene derechos y deberes distintos.

Por qué importa saber quién es tomador y quién asegurado

Saber quién ocupa cada papel no es un tecnicismo: tiene consecuencias prácticas. La obligación de declarar el riesgo y de responder con veracidad al cuestionario de salud recae sobre el tomador (y, en lo que le corresponde, sobre el asegurado); si se ocultan datos, la aseguradora puede reducir la indemnización o dejar la cobertura sin efecto. El pago de la prima es responsabilidad del tomador: si deja de pagar, la póliza puede suspenderse o extinguirse aunque el asegurado sea otra persona.

También afecta a quién puede modificar o cancelar la póliza (el tomador) y a quién recibe la prestación (el asegurado o el beneficiario). Por eso, al contratar cualquier seguro conviene comprobar que los nombres del tomador, el asegurado y el beneficiario están correctamente recogidos en las condiciones, y que quien firma es realmente quien va a asumir el pago. Si tienes dudas sobre cómo repartir estas figuras en tu caso, una correduría puede orientarte antes de firmar.

Comprueba quién es quién antes de firmar

Antes de contratar, revisa en la póliza quién figura como tomador, asegurado y beneficiario: un error aquí puede complicar un cobro o una reclamación. En Seguratis, correduría inscrita en la DGSFP, comparamos seguros de varias compañías y te ayudamos a dejar bien definidas estas figuras. El precio es el mismo que contratando directamente y el asesoramiento es gratuito.

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Lo esencial de esta diferencia

El tomador firma y paga; el asegurado es el titular del riesgo cubierto; el asegurador es la compañía y el beneficiario cobra la prestación. La Ley 50/1980 permite que tomador y asegurado sean personas distintas (contratación por cuenta ajena): en ese caso paga y gestiona el tomador, pero los derechos del contrato corresponden al asegurado. Ninguna cifra o cláusula tiene valor contractual hasta la póliza. Seguratis es correduría inscrita en la DGSFP.

El tomador es quien firma el contrato y asume las obligaciones, sobre todo pagar la prima; el asegurado es la persona o el bien sobre el que recae el riesgo cubierto. Pueden ser la misma persona o personas distintas.

Escrito por
Jaime V. Jaime V. Redactor de seguros Jaime V. es redactor de seguros en Seguratis. Formó parte del equipo de la correduría durante varios años, ayudando a clientes a entender y comparar seguros de personas antes de contratar. Hoy vuelca esa experiencia en los contenidos de la web: explica coberturas, carencias y letra pequeña en lenguaje claro para que cada persona elija con criterio y sin sorpresas. Seguros de personas (vida, decesos, salud, accidentes) Comparación de coberturas y letra pequeña Divulgación de seguros para el consumidor
Revisado por Jorge P., Corredor de seguros colegiado, el .
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