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Guía · Seguro de accidentes

Cómo dar el parte de un accidente al seguro paso a paso

En una frase: para dar el parte de un accidente tienes un plazo de 7 días desde que lo conoces (art. 16 de la Ley 50/1980); comunica el siniestro a tu aseguradora por su canal habitual, aporta el parte médico y la documentación del hecho, y guarda el número de expediente. La aseguradora debe pagar el importe mínimo indemnizable dentro de los 40 días siguientes a la declaración (art. 18) y, si hay desacuerdo sobre el grado de lesión, se resuelve con peritos médicos.

Resumen
El plazo legal para comunicar un accidente a la aseguradora es de 7 días desde que lo conoces (art. 16 de la Ley 50/1980); la póliza puede ampliarlo, pero nunca reducirlo.
Tras la declaración del siniestro, la aseguradora debe pagar el importe mínimo que le corresponda dentro de 40 días (art. 18 de la Ley 50/1980); el retraso injustificado genera intereses de demora (art. 20).
Si la aseguradora no paga, primero se reclama a su servicio de atención al cliente y, pasados 2 meses sin respuesta satisfactoria, se puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.
En 30 segundos

- El plazo para dar el parte es de 7 días desde que conoces el accidente (art. 16 de la Ley 50/1980); la póliza puede ampliarlo, pero nunca reducirlo. - Avisa cuanto antes, aunque falten informes médicos: lo urgente es que quede constancia de la fecha y del número de expediente; la documentación se completa después. - Tras la declaración, la aseguradora debe pagar el importe mínimo en 40 días (art. 18); el retraso injustificado genera intereses de demora a tu favor (art. 20). - Si no paga, reclama primero por escrito a su servicio de atención al cliente y, pasados 2 meses sin respuesta satisfactoria, acude al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.

Qué plazo tienes para dar el parte de un accidente

El plazo para dar el parte de un accidente es de 7 días desde que el asegurado o el tomador conocen el siniestro, según el artículo 16 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Es un plazo mínimo legal: la póliza puede ampliarlo, pero nunca acortarlo. Este deber de comunicar el accidente es la primera obligación de cualquier seguro de accidentes y de él arranca todo el proceso de indemnización.

Avisar dentro de plazo no es un mero trámite. Si incumples el plazo de forma injustificada, la aseguradora puede reclamarte los daños y perjuicios que le haya causado el retraso (art. 16), y si el aviso tardío se hace con intención de engañar, puede llegar a perder el derecho a la indemnización. La regla práctica es sencilla: comunica el accidente cuanto antes, aunque todavía no tengas todos los informes médicos, y completa la documentación después.

Qué significa
Declaración del siniestro

Comunicación formal a la aseguradora de que ha ocurrido el hecho asegurado. Es la que activa los plazos legales de pago (40 días para el importe mínimo) y la que fija la fecha desde la que se cuentan los intereses de demora si el pago se retrasa sin causa.

Cómo dar el parte de un accidente paso a paso

  1. 1 Atiende primero la urgencia médica. Acude a un centro sanitario y consigue el parte médico o el informe de urgencias. Ese documento fecha el accidente y describe la lesión: es la prueba principal del siniestro y la base para valorar cualquier invalidez posterior.
  2. 2 Comunica el accidente dentro de 7 días. Avisa a la aseguradora por su canal habitual (teléfono 24 h, área de cliente o app) dentro del plazo del art. 16. Ten a mano tu número de póliza y anota el número de expediente que te asignen.
  3. 3 Describe qué pasó con precisión. Explica la causa del accidente —violenta, súbita, externa y ajena a tu intención (art. 100)—, la fecha, el lugar y las circunstancias. Si hubo terceros o testigos, aporta sus datos.
  4. 4 Reúne y presenta la documentación. Envía el parte médico, los informes de seguimiento, las facturas de asistencia si tu póliza cubre gastos sanitarios y, en caso de fallecimiento, el certificado de defunción. Guarda copia de todo.
  5. 5 Facilita la valoración médica del daño. Para la invalidez o la incapacidad temporal, la aseguradora valora el grado de lesión con informes médicos y, si lo pide, un reconocimiento por su servicio médico. Acude a esas revisiones: determinan el porcentaje del capital que se indemniza.
  6. 6 Cobra o reclama según la respuesta. La aseguradora debe pagar el importe mínimo dentro de 40 días desde la declaración (art. 18). Si rechaza o retrasa el pago sin motivo, guarda su respuesta por escrito para poder reclamar.

Qué documentos necesita la aseguradora

La aseguradora necesita, como mínimo, el parte médico del accidente, la póliza y una descripción del hecho; el resto depende de la garantía que se active. Cuanto más completo y fechado sea cada informe, más ágil es la valoración.

Garantía activadaDocumentación clave
Incapacidad temporal Partes de baja y alta e informes de evolución.
Invalidez permanente Informe médico definitivo con las secuelas.
Asistencia sanitaria Facturas detalladas de la atención (si es reembolso).
Fallecimiento Certificado de defunción y documentación de los beneficiarios.
Qué significa
Reembolso

Modalidad en la que el asegurado elige libremente al médico, paga la factura y la compañía le devuelve después un porcentaje del gasto según los límites de la póliza. Frente a ella, la modalidad de cuadro médico o centros concertados no te obliga a adelantar el dinero.

Cómo se determina el grado de invalidez

El grado de invalidez lo determina un informe médico, y cuando hay desacuerdo entre el asegurado y la compañía se resuelve con peritos médicos. El artículo 104 de la Ley 50/1980 remite al procedimiento de peritación del artículo 38: cada parte designa a su perito y, si no coinciden, se nombra un tercero; el dictamen que emitan es vinculante. Este mecanismo evita que sea la aseguradora quien decida unilateralmente el porcentaje de secuelas que cobras.

El grado —invalidez parcial, total, absoluta o gran invalidez— se traduce en un porcentaje del capital contratado según el baremo de tu póliza, así que la valoración médica es el paso que más influye en la cantidad final. Explicamos en detalle cómo se aplica cada grado y qué porcentaje corresponde a cada lesión en la guía sobre la indemnización por invalidez del seguro de accidentes, y cómo se dimensiona ese importe en qué capital contratar.

Qué hacer si la aseguradora no paga

Si la aseguradora rechaza el siniestro o no paga en plazo, el primer paso es reclamar por escrito a su servicio de atención al cliente o defensor del asegurado. Ese servicio tiene un plazo para responder y, si pasan 2 meses sin respuesta o su resolución no te satisface, puedes presentar la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El informe de la DGSFP no es vinculante, pero pesa y suele reconducir muchos casos sin llegar a juicio.

Antes de reclamar, revisa que el rechazo no responda a una exclusión de la póliza: los deportes de riesgo, el dolo (art. 102) o los siniestros fuera de cobertura son motivos legítimos de negativa. Si el rechazo no está justificado, el retraso en el pago genera intereses de demora a favor del asegurado (art. 20), un argumento de peso en la reclamación.

¿Tu rechazo es reclamable?

Tienes base para reclamar si:
Avisaste dentro de plazo y aportaste la documentación, pero la compañía no paga en 40 días.
El rechazo no cita ninguna exclusión concreta de tus condiciones generales.
El grado de invalidez ofrecido no encaja con tus secuelas (ahí cabe la peritación).
El pago se retrasa sin causa: puedes exigir intereses de demora (art. 20).
El rechazo suele ser legítimo si:
El accidente encaja en una exclusión de la póliza (deportes de riesgo, actividad no declarada).
Hubo dolo o provocación intencionada del siniestro (art. 102).
El aviso tardío se hizo con intención de engañar (art. 16).
La causa no cumple la definición de accidente (violenta, súbita, externa y ajena, art. 100).

Cómo se da el parte con una compañía autorizada

El canal y los plazos internos varían por compañía y solo son fiables desde el IPID o las condiciones generales. En Seguratis trabajamos con aseguradoras autorizadas del ramo, que comparten el mismo marco legal de la Ley 50/1980:

CompañíaCanal de partePlazo de pago
MAPFRE Consultar (IPID) Mínimo legal: 40 días (art. 18)
AXA Consultar (IPID) Mínimo legal: 40 días (art. 18)
Reale Consultar (IPID) Mínimo legal: 40 días (art. 18)
Caser Consultar (IPID) Mínimo legal: 40 días (art. 18)
El plazo de 7 días corre desde que conoces el accidente

El plazo legal para dar el parte es de 7 días desde que conoces el siniestro (art. 16), no desde que tienes toda la documentación. Comunica el accidente cuanto antes, aunque falten informes, y complétalos después: el incumplimiento injustificado del plazo permite a la aseguradora reclamar los daños que le cause el retraso. Guarda siempre el número de expediente y la fecha del aviso.

El plazo legal es de 7 días desde que conoces el accidente (art. 16 de la Ley 50/1980). La póliza puede ampliarlo, pero no reducirlo. Conviene avisar cuanto antes, aunque todavía no tengas todos los informes médicos.

Escrito por
Jaime V. Jaime V. Redactor de seguros Jaime V. es redactor de seguros en Seguratis. Formó parte del equipo de la correduría durante varios años, ayudando a clientes a entender y comparar seguros de personas antes de contratar. Hoy vuelca esa experiencia en los contenidos de la web: explica coberturas, carencias y letra pequeña en lenguaje claro para que cada persona elija con criterio y sin sorpresas. Seguros de personas (vida, decesos, salud, accidentes) Comparación de coberturas y letra pequeña Divulgación de seguros para el consumidor
Revisado por Jorge P., Corredor de seguros colegiado, el .

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