- No es obligatorio. Lo obligatorio desde el 01/01/2019 es cotizar por contingencias profesionales en el RETA; el seguro de accidentes privado es voluntario y complementa esa cobertura pública. - El problema no es cobrar o no, sino cuánto: la mayoría de los autónomos cotiza por la base mínima, así que el 75 % de la IT se queda corto frente a sus ingresos reales. - Un seguro de accidentes para autónomos combina subsidio diario por baja, capital por invalidez permanente, asistencia sanitaria y capital por fallecimiento; la prima depende sobre todo de la profesión y de las garantías, no de la edad. - El seguro de accidentes cubre el accidente, no la enfermedad común. Para cubrir también la enfermedad (que causa la mayoría de las bajas) hace falta un seguro de baja o subsidio de amplio espectro. - Capitales y precios por compañía: «Según perfil (presupuesto)» y garantías concretas «Consultar (IPID)». No inventamos importes contractuales.
Por qué un autónomo necesita un seguro de accidentes
A un autónomo le interesa un seguro de accidentes porque si un accidente le impide trabajar, deja de facturar de golpe, y la prestación pública no cubre esa pérdida por completo. El trabajador por cuenta ajena tiene el respaldo de su empresa y del convenio; el autónomo, salvo lo que cotice, solo se tiene a sí mismo.
El seguro cubre dos riesgos que a un autónomo le duelen especialmente: la invalidez permanente, que puede apartarle de su oficio de por vida, y la baja temporal, que le deja sin ingresos mientras se recupera. A cambio de una prima que suele partir de unas decenas de euros al año, obtiene un capital y un subsidio diario que amortiguan ese golpe. Y, a diferencia del seguro de vida, aquí la prima depende sobre todo de la profesión, no de la edad.
Contingencia profesional — Accidente de trabajo o enfermedad profesional. Desde el 01/01/2019 el autónomo cotiza por ella de forma obligatoria en el RETA, lo que le da derecho a la prestación por incapacidad temporal reforzada (75 % desde el día siguiente a la baja). → Glosario
Ver en el glosarioQué cubre la Seguridad Social del autónomo tras un accidente
Desde el 1 de enero de 2019 el autónomo cotiza de forma obligatoria por contingencias profesionales en el RETA, así que tiene cubierto el accidente de trabajo y la enfermedad profesional. En caso de accidente laboral, cobra la incapacidad temporal desde el día siguiente a la baja y por un importe del 75 % de su base de cotización (Seguridad Social).
El matiz importante es el importe. La mayoría de los autónomos cotiza por una base cercana a la mínima, de modo que ese 75 % se calcula sobre una cantidad baja y puede quedar muy por debajo de lo que ingresa en realidad. Además, la protección cambia según el tipo de contingencia: por accidente no laboral o enfermedad común, la prestación se cobra más tarde (del día 4 al 20 al 60 %, y a partir del 21 al 75 %). Ese hueco entre lo que se cobra y lo que se necesita es lo que cubre el seguro privado, como ocurre con cualquier seguro de accidentes laborales.
Qué pone la Seguridad Social y qué añade el seguro privado
| Concepto | Incapacidad temporal del RETA | Seguro de accidentes privado |
|---|---|---|
| Qué cubre | Baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional (obligatorio desde 2019) | Baja e invalidez por accidente cubierto, 24 h dentro y fuera del trabajo |
| Desde cuándo se cobra | Día siguiente a la baja en accidente de trabajo | Según póliza (subsidio diario desde el día pactado) |
| Cuánto paga | 75 % de la base de cotización (a menudo la mínima) | Cantidad fija por día de baja y capital por invalidez, pactados en póliza |
| Depende de | La base por la que cotiza el autónomo | El capital y las garantías contratadas — «Según perfil (presupuesto)» |
| ¿Cubre la enfermedad común? | Sí (con periodo de espera y menor importe) | No: solo el accidente |
| ¿Se puede sumar? | Sí, es la base pública | Sí, complementa la prestación pública |
Qué añade el seguro de accidentes privado
El seguro de accidentes privado añade lo que la prestación pública no da: un capital por invalidez permanente, un subsidio diario que complementa la baja y, en muchas pólizas, asistencia sanitaria por accidente. Es una capa voluntaria que se suma a la Seguridad Social, no la sustituye.
Las garantías que más interesan a un autónomo son:
- Subsidio diario por incapacidad temporal: una cantidad fija por cada día de baja, que se cobra además de la prestación del RETA. Lo desarrollamos en la guía del subsidio diario para autónomos.
- Capital por invalidez permanente: un pago único si el accidente deja una secuela que reduce o impide seguir con la actividad. La Ley 35/2015 (el baremo) es la referencia objetiva para graduarlo.
- Asistencia sanitaria y hospitalización por accidente: gastos médicos y una indemnización por día de ingreso.
- Reembolso de gastos médicos y desmembramiento: algunas pólizas indemnizan la pérdida funcional de un miembro según baremo.
- Capital por fallecimiento: protege a la familia si el accidente es mortal.
- Defensa jurídica: reclamación de facturas o asesoría en algunos productos modulares.
Compañías como AXA con su incapacidad laboral transitoria permiten añadir ese subsidio diario a la cobertura básica de muerte e invalidez. Conviene revisar la letra pequeña y las exclusiones: el seguro de accidentes no cubre la enfermedad común, solo el accidente, y esa frontera es la que separa este producto de un seguro de baja de amplio espectro.
El subsidio diario que sustituye tus ingresos
El subsidio diario es la garantía estrella para un autónomo: paga una cantidad fija por cada día que el accidente te impide trabajar, con independencia de lo que cobres del RETA. Si contratas un subsidio de, por ejemplo, 40 € al día, cobras esos 40 € por cada día de baja, además de la prestación pública, hasta el límite pactado en la póliza.
La clave es dimensionarlo según lo que ingresas y lo que te cuesta parar. Un autónomo que factura por días trabajados (un fontanero, una fisioterapeuta, un transportista) nota la baja de inmediato, así que el subsidio diario es la mejor forma de sostener sus ingresos mientras se recupera. Este subsidio se combina de forma natural con un seguro de accidentes laborales y con la prestación de la Seguridad Social, sin que una excluya a la otra.
Cuánto capital contratar según tu actividad
El capital de un seguro de accidentes para autónomos debe cubrir dos cosas: los ingresos que dejarías de percibir ante una invalidez y las cargas familiares que dependen de ti. Como norma, el capital de invalidez suele fijarse más alto que el de fallecimiento, porque una invalidez implica gastos de por vida además de la pérdida de ingresos.
- 1 Calcula tus ingresos anuales netos y multiplícalos por los años que tardarías en recuperarte o reciclarte a otro oficio tras una lesión grave.
- 2 Suma tus cargas fijas (hipoteca, préstamos, personas a tu cargo): ese es el mínimo que una invalidez no debería dejar sin cubrir.
- 3 Fija el capital de invalidez por encima del de fallecimiento, porque sobrevivir con una secuela cuesta más que fallecer.
- 4 Ata el subsidio diario a lo que te cuesta parar un día, no a una cifra redonda.
- 5 Ajusta por profesión: cuanto más manual y menos "reciclable" sea tu oficio, mayor capital de invalidez.
Cómo se combina con el seguro de baja laboral
El seguro de accidentes y el seguro de baja laboral son complementarios, no lo mismo. El de accidentes solo paga si la causa es un accidente; un seguro de baja o de subsidio más amplio puede cubrir además la enfermedad común, que es la causa de la mayoría de las bajas. Un autónomo que quiera protección completa suele combinar ambos.
¿Se puede desgravar? La fiscalidad para el autónomo
Aquí conviene ser honesto, porque es donde más confusión hay. La prima de un seguro de accidentes contratado por el autónomo a título particular no es, con carácter general, un gasto deducible en el IRPF de su actividad: Hacienda lo considera cobertura personal, no gasto afecto. La excepción prevista por ley es el seguro de enfermedad (salud), cuyas primas sí reducen el rendimiento con el límite legal por asegurado, pero eso es otro producto. Y la indemnización que cobre de una póliza que pagó como particular tributa como rendimiento del capital mobiliario, no de actividad. Contrástalo con tu asesor y revisa la guía de fiscalidad del seguro de accidentes.
El seguro privado no sustituye a la Seguridad Social. Un seguro de accidentes para autónomos es una cobertura voluntaria que complementa a la Seguridad Social, no la reemplaza. Desde el 01/01/2019 el autónomo cotiza de forma obligatoria por contingencias profesionales en el RETA y cobra la IT por accidente de trabajo desde el día siguiente a la baja, al 75 % de su base. El seguro privado se suma a esa prestación; no la anula ni exime de cotizar. Y cubre el accidente, no la enfermedad común. Seguratis es una correduría inscrita en la DGSFP (clave J-4346); los importes son orientativos hasta la emisión de la póliza.
Tres seguros de accidentes que comparamos para autónomos
Tres opciones con subsidio diario o garantías modulares útiles para un autónomo, todas de compañías autorizadas con las que Seguratis puede intermediar. Capitales, subsidios y primas se cotizan «Según perfil (presupuesto)» y las garantías concretas se toman del IPID; no publicamos tarifa fija porque depende del oficio.
- Reale — accidentes modulables con capital por invalidez y fallecimiento; subsidio diario opcional. Cotiza por perfil. Garantías: «Consultar (IPID)».
- AXA — seguro de accidentes flexible con incapacidad laboral transitoria (subsidio diario) sobre la base de muerte e invalidez. Cotiza por perfil.
- MAPFRE — accidentes de capital fijo por muerte e invalidez, con asistencia sanitaria opcional. Garantías y capitales: «Consultar (IPID)».
Si quieres verlas junto al resto del mercado, en nuestra comparativa de compañías de accidentes las cruzamos por garantías.
No. Lo obligatorio desde el 1 de enero de 2019 es cotizar por contingencias profesionales en el RETA. El seguro de accidentes privado es voluntario y complementa esa cobertura pública con subsidio diario, capital por invalidez y asistencia sanitaria.
Cobra la incapacidad temporal desde el día siguiente a la baja, por el 75 % de su base de cotización (Seguridad Social). Como muchos cotizan por la base mínima, esa cantidad suele quedar por debajo de sus ingresos reales.
Sí. El subsidio diario de un seguro de accidentes se cobra además de la prestación pública por incapacidad temporal, no en lugar de ella. Por eso sirve para completar los ingresos que la prestación del RETA no llega a cubrir.
El de accidentes solo paga si la causa es un accidente. El seguro de ILT (incapacidad laboral transitoria) o baja puede cubrir además la enfermedad común. El seguro de vida paga por fallecimiento "por cualquier causa" (accidente o enfermedad), mientras el de accidentes solo cubre la muerte accidental. No son excluyentes: cubren riesgos distintos.
No. El seguro de accidentes solo paga si la causa es un accidente. Para cubrir también la enfermedad común, que causa la mayoría de las bajas, un autónomo necesita además un seguro de baja o de subsidio de amplio espectro.
El que cubra los ingresos que perderías ante una invalidez y las cargas que dependen de ti. El capital de invalidez suele fijarse más alto que el de fallecimiento, porque una invalidez implica gastos de por vida además de la pérdida de ingresos.
Con carácter general, no: Hacienda considera el seguro de accidentes personal una cobertura no afecta a la actividad. El caso con deducción prevista por ley es el seguro de enfermedad (salud), que es otro producto. Contrástalo con tu asesor y revisa nuestra guía de fiscalidad.
Depende sobre todo de la profesión y de las garantías, no de la edad. Se cotiza «Según perfil (presupuesto)»: con subsidio diario y asistencia sanitaria la prima sube según el oficio y las coberturas. Un autónomo de oficio manual pagará más que uno de despacho por el mismo capital.