- Con testamento mandan las voluntades del fallecido, pero siempre dentro de los límites de la legítima de los herederos forzosos. - Sin testamento se aplica la sucesión intestada: hereda quien diga la ley, por orden de parentesco. - Si el fallecido estaba casado en gananciales, antes de repartir hay que separar la mitad que ya era del cónyuge viudo: solo la otra mitad es herencia. - El cónyuge viudo casi nunca hereda la propiedad si hay hijos, pero sí un usufructo. - Repartir tiene cuatro fases: inventario, avalúo, partición y adjudicación de los bienes. - La herencia no se reparte gratis: hay que liquidar el Impuesto de Sucesiones (varía mucho por comunidad autónoma).
Cómo se reparte una herencia con testamento
Cuando existe testamento, la herencia se reparte según la voluntad del fallecido, pero con un límite legal infranqueable: la legítima. En el Derecho civil común (hay reglas propias en comunidades con derecho foral como Cataluña, Navarra, País Vasco, Aragón, Galicia o Baleares), la herencia se divide en tres tercios:
- Tercio de legítima estricta: obligatoriamente para los hijos y descendientes, repartido a partes iguales. No se puede tocar.
- Tercio de mejora: también para hijos o descendientes, pero puedes repartirlo de forma desigual entre ellos (mejorar a uno).
- Tercio de libre disposición: para quien tú quieras (el cónyuge, un solo hijo, un amigo, una ONG…).
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Legítima — Porción de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a los herederos forzosos (hijos y descendientes; en su defecto, padres y ascendientes; y el cónyuge, que tiene derecho a usufructo). El testador no puede disponer libremente de ella. → ver en el glosario
Por eso, aunque hagas testamento, no puedes dejarlo todo a quien quieras si tienes hijos: como mucho dispones libremente de un tercio. Si quieres entender bien estos límites antes de acudir a la notaría, tienes el detalle en nuestra guía de cómo hacer un testamento paso a paso.
Cómo se divide una herencia sin testamento
Si el fallecido no dejó testamento (o el que hay es nulo), se abre la sucesión intestada o ab intestato. No decide la familia: decide la ley, siguiendo un orden estricto de parentesco fijado en los artículos 912 y siguientes del Código Civil.
[tabla] Orden para heredar sin testamento (Código Civil)
| Orden | Quién hereda | Situación del cónyuge |
|—|—|—|
| 1º | Hijos y descendientes, a partes iguales | El viudo recibe el usufructo de 1/3 |
| 2º | Padres y ascendientes (si no hay hijos) | El viudo recibe el usufructo de 1/2 |
| 3º | El cónyuge viudo (si no hay hijos ni padres) | Hereda toda la propiedad |
| 4º | Hermanos y parientes colaterales hasta 4º grado | — |
| 5º | El Estado (si no hay ningún pariente) | — |
Fuente: elaboración de Seguratis a partir del Código Civil, arts. 912 a 958. Actualizado a agosto de 2026.
Para heredar sin testamento hay que tramitar antes una declaración de herederos ante notario, un trámite añadido que un testamento previo habría evitado. El primer paso, con o sin testamento, es siempre pedir el certificado de últimas voluntades, que dice si el fallecido testó y ante qué notario.
El paso previo: gananciales y matrimonio
Aquí está el error más común. Si el fallecido estaba casado en régimen de gananciales, no todo lo que aparece a su nombre es herencia. Primero hay que liquidar la sociedad de gananciales: los bienes comunes se dividen en dos mitades. Una mitad ya es del cónyuge viudo por derecho propio (no la hereda, siempre fue suya) y solo la otra mitad entra en la herencia para repartir entre los herederos.
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> 🧮 Ejemplo de reparto en gananciales (matrimonio con hijos). Un matrimonio en gananciales tiene un patrimonio común de 200.000 €. Fallece el marido. Primero se separan los 100.000 € que ya eran de la esposa. Los otros 100.000 € son la herencia: los hijos reciben la propiedad (respetando la legítima) y la viuda, además de sus 100.000 € propios, conserva el usufructo del tercio de mejora sobre lo heredado.
Si el matrimonio estaba en separación de bienes, no hay nada que liquidar: cada patrimonio es independiente y la herencia es todo lo que estaba a nombre del fallecido.
Las cuatro fases del reparto (partes de una herencia)
- 1 Inventario. Se listan todos los bienes, derechos y también las deudas del fallecido. La herencia se hereda con su activo y su pasivo.
- 2 Avalúo. Se valora económicamente cada bien (la vivienda, las cuentas, el coche, los objetos de valor) para saber cuánto vale el total.
- 3 Partición. Se calcula qué le corresponde a cada heredero según el testamento o la ley, y se forman los lotes.
- 4 Adjudicación. Se asignan los bienes concretos a cada heredero. Cuando un bien no se puede dividir (una casa), se puede compensar en metálico o venderlo y repartir el dinero.
Ejemplos prácticos de reparto de herencia
Los casos que más se buscan, resueltos con las reglas anteriores.
[pros_cons] Casos frecuentes
👨👩👧 Con cónyuge e hijos (lo más habitual)
- Los hijos heredan la propiedad de los dos tercios de legítima, a partes iguales.
- El cónyuge viudo conserva el usufructo del tercio de mejora (arts. 834 y ss.): puede usar y disfrutar los bienes, pero no es dueño.
- El tercio de libre disposición va a quien indique el testamento; si no hay testamento, se reparte entre los hijos.
👵 Padre fallecido, madre viva (herencia del padre)
- Se liquidan primero los gananciales: la mitad del patrimonio común ya es de la madre.
- La otra mitad se reparte entre los hijos (propiedad), con el usufructo de la parte que corresponda para la madre viuda.
- La madre no hereda la casa en propiedad si hay hijos, pero suele conservar el derecho a vivir en ella (usufructo).
👨👦👦 Entre hermanos, sin cónyuge ni hijos del fallecido
- Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge, heredan los hermanos a partes iguales.
- Los hijos de un hermano ya fallecido heredan su parte por derecho de representación.
👴 De abuelos a nietos
- Los nietos solo heredan directamente si su progenitor (hijo del abuelo) ya ha fallecido, por representación; o si el abuelo los nombra en el tercio de libre disposición o de mejora.
Cuánto se paga por heredar (fiscalidad)
Recibir una herencia obliga a liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987), un tributo cedido a las comunidades autónomas: por eso lo que se paga depende enormemente de dónde residía el fallecido y del parentesco. El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6). Si se hereda una vivienda, además puede haber que pagar la plusvalía municipal.
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Usufructo — Derecho a usar y disfrutar un bien (vivir en la casa, cobrar el alquiler) sin ser su propietario. El propietario tiene la nuda propiedad. Al fallecer el usufructuario, la propiedad se consolida en el nudo propietario. Es la fórmula típica para proteger al cónyuge viudo.
Como corredores insistimos en un punto que la gente descubre tarde: la herencia y el funeral son gastos distintos. El coste medio de un sepelio en España es de 3.500-4.500 € [UNESPA / Panasef, 2023], y ese dinero suele adelantarlo la familia antes de repartir nada. Un seguro de decesos evita justamente ese desembolso inicial. Y si en la herencia hay un seguro de vida, quien cobra es el beneficiario designado, no necesariamente los herederos.
Según la voluntad del fallecido, pero respetando la legítima: si hay hijos, dos tercios son obligatoriamente para ellos y solo un tercio es de libre disposición. El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
Por el orden legal: primero los hijos, luego los padres, después el cónyuge y por último los hermanos. Hay que tramitar antes una declaración de herederos ante notario.
Los hijos heredan la propiedad de la legítima (dos tercios) a partes iguales; el cónyuge conserva el usufructo del tercio de mejora. El tercio de libre disposición va a quien diga el testamento.
Si estaban casados en gananciales, la mitad del patrimonio común ya es de tu madre. La otra mitad es la herencia: los hijos heredáis la propiedad y vuestra madre suele conservar el usufructo (el derecho a seguir usando los bienes).
Es la parte que la ley reserva obligatoriamente a los herederos forzosos. Para los hijos son dos tercios de la herencia (uno de legítima estricta y otro de mejora) en el Código Civil común.
Se liquida primero la sociedad de gananciales: una mitad es del cónyuge que sobrevive y solo la otra mitad forma parte de la herencia.
Inventario de bienes y deudas, avalúo (valoración), partición (cálculo de lotes) y adjudicación (asignar bienes concretos a cada heredero).
Si no hay acuerdo unánime, se acude a un contador-partidor o al juzgado. Por eso conviene nombrar un albacea en el testamento.
Sí, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cedido a las comunidades autónomas, en un plazo de 6 meses. Puede haber además plusvalía municipal si se hereda una vivienda.
Sí, la pensión de viudedad de la Seguridad Social es independiente de la herencia. Te explicamos cómo se calcula la pensión de viudedad.