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Guía · Seguro de decesos

Cómo dar de baja un seguro de decesos

Para dar de baja un seguro de decesos hay que oponerse a la prórroga del contrato por escrito con al menos un mes de antelación a su vencimiento (art. 22 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro). Si avisas en plazo, el seguro no se renueva y dejas de pagar; si avisas tarde, el contrato se prorroga un año más y tendrás que esperar al siguiente vencimiento. En esta guía de Seguratis, correduría inscrita en la DGSFP, te explicamos con cuánta antelación avisar, qué se pierde al cancelar una prima nivelada, cómo redactar la carta de baja y en qué se diferencia la baja voluntaria de la baja por impago.

Resumen
La baja voluntaria de un decesos se hace oponiéndose a la prórroga por escrito con al menos 1 mes de antelación al vencimiento (art. 22 de la Ley 50/1980); avisar tarde renueva el contrato un año más.
Al darte de baja de una prima nivelada pierdes la provisión matemática acumulada: no hay derecho de rescate ni devolución del exceso pagado en los primeros años.
Dejar de pagar no es lo mismo que dar de baja: por impago la cobertura se suspende al mes del vencimiento y el contrato se extingue a los 6 meses (art. 15 de la Ley 50/1980).

Cómo dar de baja un seguro de decesos

Dar de baja un seguro de decesos consiste en oponerse por escrito a la prórroga automática del contrato antes de que se renueve, no en dejar de pagar sin más. El seguro de decesos es un contrato de duración anual que se prorroga solo cada año; para que no vuelva a renovarse, el tomador debe comunicar a la aseguradora su voluntad de no continuar dentro del plazo legal. En nuestra guía del seguro de decesos explicamos cómo funciona la póliza y por qué la modalidad de prima que tengas condiciona lo que pierdes al cancelar.

La baja se solicita por un medio que deje constancia: carta certificada, burofax o correo electrónico con acuse, o el canal formal que indique la compañía. No basta con una llamada. En el escrito se identifican el tomador y el número de póliza y se manifiesta expresamente la oposición a la prórroga. Conservar el justificante de envío y la fecha es clave, porque es la prueba de que avisaste en plazo si más tarde te giran un recibo indebido.

Con cuánta antelación hay que avisar

Hay que avisar con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad para oponerse a la prórroga del seguro de decesos, según el artículo 22 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. Ese plazo mínimo de un mes es el que la ley reconoce al tomador; algunas pólizas amplían la antelación exigida en sus condiciones particulares, así que conviene revisarlas. La aseguradora, por su parte, necesita un preaviso de dos meses si es ella quien no quiere renovar.

Si el aviso llega tarde, el contrato se prorroga automáticamente un año más y no puedes cancelarlo hasta el siguiente vencimiento sin consecuencias. Por eso lo primero es localizar la fecha de efecto de tu póliza (figura en el condicionado y en los recibos) y contar hacia atrás. No existe un derecho general de desistimiento posterior para pólizas ya en vigor: fuera del plazo de oposición a la prórroga, la vía es esperar al vencimiento o dejar que el contrato se extinga por impago, con las consecuencias que veremos.

Qué se pierde al darse de baja

Al darte de baja de un seguro de decesos de prima nivelada pierdes la provisión matemática acumulada: el exceso que pagaste en los primeros años para mantener la cuota estable no se devuelve ni genera un derecho de rescate. Esa provisión es una obligación técnica de la compañía, no un saldo a tu nombre, así que se queda en la aseguradora cuando cancelas. Lo desarrollamos en la guía sobre los derechos consolidados del seguro de decesos, donde se explica por qué este término de planes de pensiones no encaja en el decesos.

Si tu póliza es de prima natural (sube cada año con la edad), no hay provisión que perder, porque cada recibo cubre solo el riesgo de ese año. La otra pérdida relevante es la antigüedad: si en el futuro vuelves a contratar, lo harás sobre tu edad de entonces y con nuevas carencias. Por eso, si tu intención no es dejar de estar cubierto sino pagar menos o mejorar coberturas, conviene valorar antes cambiar de compañía de decesos en lugar de darte de baja sin más.

Qué significa
Periodo de carencia

Plazo inicial de la póliza durante el cual algunas coberturas todavía no pueden usarse aunque ya se pague la prima. Evita que el seguro se contrate solo cuando ya se necesita y su duración varía según cada garantía.

Ver en el glosario

Cómo dar de baja tu seguro de decesos paso a paso

  1. 1 Busca en el condicionado o en un recibo la fecha de efecto anual del seguro. A partir de ahí calculas el plazo: debes avisar con al menos un mes de antelación a ese vencimiento.
  2. 2 Escribe un documento en el que identifiques al tomador y el número de póliza y manifiestes tu voluntad de no renovar el contrato al próximo vencimiento, al amparo del art. 22 de la Ley 50/1980.
  3. 3 Manda la carta por burofax, correo certificado con acuse o el canal formal que admita la compañía. Evita la simple llamada: necesitas prueba de que comunicaste la baja dentro del plazo.
  4. 4 Conserva el resguardo del burofax o el acuse de recibo. Es la prueba de que avisaste en plazo si la aseguradora intenta cobrarte el siguiente recibo pese a la oposición.
  5. 5 Verifica que la compañía ha registrado la baja y no gira el recibo de la nueva anualidad. Si te lo cobra pese al aviso en plazo, reclama por escrito y solicita la devolución del importe.

Modelo de carta de baja del seguro de decesos

Este es un modelo orientativo de carta para darte de baja de un seguro de decesos oponiéndote a la prórroga. Adáptalo a tus datos y envíalo por un medio que deje constancia (burofax o correo certificado con acuse) con al menos un mes de antelación al vencimiento.

A la atención de [nombre de la compañía aseguradora]
[Dirección o canal de atención al cliente de la entidad]

D./D.ª [nombre y apellidos del tomador], con DNI [número], como tomador de la póliza de seguro de decesos número [número de póliza], con vencimiento el [fecha de vencimiento],

COMUNICO mi voluntad de no prorrogar el citado contrato y me opongo expresamente a su prórroga para el siguiente periodo anual, al amparo del artículo 22 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

SOLICITO que se dé de baja la póliza a su vencimiento, que no se gire ningún recibo posterior y que se me confirme por escrito la cancelación.

En [localidad], a [fecha]. Firma: [firma del tomador].

Baja por impago frente a baja voluntaria

La baja voluntaria y la baja por impago son cosas distintas: la voluntaria se hace avisando en plazo y evita el cobro del siguiente recibo, mientras que dejar de pagar activa el mecanismo del artículo 15 de la Ley 50/1980, con efectos distintos. Si dejas de pagar una prima posterior a la primera, la cobertura queda suspendida un mes después del vencimiento del recibo impagado, y si la compañía no reclama el pago, el contrato se extingue a los seis meses. Durante ese periodo, un fallecimiento podría quedar sin cobertura.

Dejar de pagar tiene además otro inconveniente: puede generar recibos pendientes que la aseguradora reclame y anotar un impago que dificulte contratar después. Por eso, si tu intención es cancelar, es más limpio darse de baja en plazo que dejar de pagar. Y si el impago ya ha ocurrido pero quieres seguir cubierto, en algunos casos se puede rehabilitar la póliza de decesos pagando dentro del plazo legal. Antes de decidir, conviene tener claro qué buscas: dejar de estar cubierto o solo ajustar el gasto.

Avisa en plazo y guarda la prueba

La baja de un seguro de decesos se solicita oponiéndose a la prórroga por escrito con al menos un mes de antelación al vencimiento (art. 22 de la Ley 50/1980). Envíala por burofax o correo certificado con acuse y guarda el justificante. Recuerda que al cancelar una prima nivelada pierdes la provisión matemática acumulada, y que dejar de pagar no es lo mismo: por impago la cobertura se suspende al mes y el contrato se extingue a los seis meses (art. 15). Seguratis es correduría inscrita en la DGSFP y su asesoramiento es gratuito.

Antes de cancelar, mira si te compensa cambiar

Si te das de baja para pagar menos, quizá pierdas más de lo que ahorras: la provisión y la antigüedad no se recuperan. Nuestro comparador cruza tu edad y tu perfil en más de 15 aseguradoras de decesos y te ayuda a decidir si te conviene mantener la póliza, cambiarla o cancelarla. El precio es el mismo que contratando directamente con la compañía y el asesoramiento de la correduría es gratuito.

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Con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento anual, oponiéndote a la prórroga por escrito (art. 22 de la Ley 50/1980). Si avisas tarde, el contrato se renueva un año más y tendrás que esperar al siguiente vencimiento.

Escrito por
Jaime V. Jaime V. Redactor de seguros Jaime V. es redactor de seguros en Seguratis. Formó parte del equipo de la correduría durante varios años, ayudando a clientes a entender y comparar seguros de personas antes de contratar. Hoy vuelca esa experiencia en los contenidos de la web: explica coberturas, carencias y letra pequeña en lenguaje claro para que cada persona elija con criterio y sin sorpresas. Seguros de personas (vida, decesos, salud, accidentes) Comparación de coberturas y letra pequeña Divulgación de seguros para el consumidor
Revisado por Jorge P., Corredor de seguros colegiado, el .
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