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Seguro de vida: qué cubre, cuánto cuesta y cómo elegirlo

Protege los ingresos de tu familia y cubre lo que queda de tu hipoteca.

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Precio de partida 15 comparadas
75 € al mes
30 años Consultar
45 años Consultar
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Rangos orientativos. La prima real depende de la edad, el capital, el cuestionario de salud y las garantías. Las companias de vida no publican tarifa fija: el precio se calcula con un cuestionario personalizado. Solicitar tarifas oficiales para completar esta tabla. Última revisión: .

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Qué es

Qué es un seguro de vida

Un seguro de vida es el contrato por el que la aseguradora paga un capital a los
beneficiarios si el asegurado fallece, o al propio asegurado en caso de invalidez
permanente y absoluta, a cambio de una prima. Sirve para que la familia mantenga
sus ingresos y pueda amortizar la hipoteca pendiente.

Garantías

Qué cubre un seguro de vida

Paga a los beneficiarios el capital contratado si el asegurado fallece por enfermedad o accidente. Es la garantía base de todo seguro de vida riesgo (Ley 50/1980, art. 83).

Abona el capital al propio asegurado si una lesión o enfermedad le incapacita de forma permanente para cualquier trabajo. Suele contratarse junto al fallecimiento.

Duplica el capital si el fallecimiento se produce por un accidente. Es una garantía adicional que encarece poco la prima y refuerza la protección de la familia.

Triplica el capital cuando el fallecimiento ocurre en un accidente de tráfico. Se suma a la garantía de accidente y solo aplica a siniestros de circulación.

Adelanta o añade capital al diagnosticarse una enfermedad grave (cáncer, infarto) o una situación de dependencia severa. La definición exacta varía en cada póliza.

Anticipa a los beneficiarios parte del capital para los gastos de entierro y para liquidar el impuesto de sucesiones antes de cobrar la indemnización completa.

Modalidades

Tipos de prima en decesos

Lo más habitual
Pago único (capital)
Formas de cobro

Se cobra toda la indemnización de una sola vez. Es lo más habitual y da liquidez inmediata.

Cobro íntegro del capital de una vez Liquidez inmediata para los beneficiarios
Calcular con esta modalidad
Ingresos de por vida
Renta vitalicia
Formas de cobro

En lugar del capital, la aseguradora paga una renta mensual de por vida al beneficiario; el importe depende de su edad.

Renta mensual de por vida El importe depende de la edad del beneficiario Útil para garantizar ingresos estables, por ejemplo a una pareja
Calcular con esta modalidad
Durante un plazo pactado
Renta temporal
Formas de cobro

Una renta periódica durante un número de años pactado.

Renta periódica durante los años pactados Encaja para cubrir los años hasta que los hijos sean independientes
Calcular con esta modalidad
Precio

Cuánto cuesta un seguro de vida

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75 € al mes
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Rangos orientativos. La prima real depende de la edad, el capital, el cuestionario de salud y las garantías. Las companias de vida no publican tarifa fija: el precio se calcula con un cuestionario personalizado. Solicitar tarifas oficiales para completar esta tabla. Última revisión: .

Qué no cubre un seguro de vida

Actividades de alto riesgo no declaradas
Consecuencias de enfermedades o dolencias no declaradas en el cuestionario de salud
Siniestros derivados de ciertos deportes o conductas
El fallecimiento por suicidio durante el primer año desde la contratación de la póliza (art. 93 de la Ley 50/1980)

Son exclusiones habituales del ramo. Las de tu póliza concreta están en el condicionado de la compañía: te las repasamos antes de firmar.

¿Te hace falta este seguro?

Te conviene si…
Tienes una hipoteca o deudas que tu familia tendría que asumir si faltaras.
Hay personas que dependen económicamente de tus ingresos (hijos, pareja, padres).
Eres autónomo o único sustento del hogar y no tienes ahorro que cubra varios años.
Quizá no, si…
No tienes personas económicamente dependientes de ti ni deudas a tu nombre.
Ya cuentas con patrimonio o ahorro suficiente para cubrir a los tuyos.
Buscas un producto de ahorro o inversión: para eso existen otras modalidades de vida-ahorro.
Preguntas

Preguntas frecuentes

Paga un capital a tus beneficiarios si falleces y, si lo contratas, a ti mismo en caso de invalidez permanente y absoluta. Puede sumar accidente, enfermedad grave y adelanto para el sepelio.

Preguntas que resolvemos

Guías de vida

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- Un seguro de vida paga un capital a las personas que designes si falleces (y, si lo añades, en caso de invalidez o enfermedad grave). - Para contratarlo necesitas, básicamente, ser mayor de edad, residir en España, rellenar un cuestionario de salud con la verdad y designar beneficiarios. - Para cobrar, los beneficiarios presentan la documentación del siniestro y la aseguradora tiene 40 días por ley para pagar (Ley 50/1980). - La gran decisión es capital constante vs. decreciente y temporal vs. vida entera. - Si es para la hipoteca, el banco no puede obligarte a contratar el suyo: puedes aportar uno equivalente (Ley 5/2019). - En España se indemnizan unos 61.000 fallecimientos al año por seguros de vida. [UNESPA]

Qué significa
Vida riesgo vs. vida ahorro

Vida riesgo: protege a tu familia pagando un capital si falleces o quedas inválido; es un gasto, no una inversión. Vida ahorro (PIAS, unit linked, etc.): combina protección con un producto de ahorro/inversión. Esta guía trata la modalidad riesgo, que es la que la mayoría busca al escribir "seguro de vida". → seguro de vida riesgo

Ver en el glosario
Qué significa
Capital constante vs. decreciente

Constante: el capital asegurado se mantiene igual toda la vida del seguro (ideal para proteger a la familia con una cantidad estable). Decreciente: baja cada año, normalmente a la par que una deuda como la hipoteca (más barato, pensado para que el seguro cubra exactamente lo que queda del préstamo). → capital decreciente

Ver en el glosario
Qué significa
Temporal vs. vida entera

Temporal: cubre un periodo concreto (p. ej. mientras dura la hipoteca o los hijos son dependientes); prima más baja. Vida entera: cubre toda la vida, sin fecha de fin, y suele tener componente de ahorro; prima más alta. → seguro de vida entera

Ver en el glosario

Requisitos para contratar un seguro de vida

Contratar un seguro de vida es sencillo, pero conviene saber qué te van a pedir para no llevarte sorpresas. Estos son los requisitos habituales que comparten casi todas las compañías autorizadas:

  • Edad y capacidad legal. Ser mayor de edad (18 años). Un menor de 14 a 17 años puede figurar como asegurado con consentimiento de sus tutores, y la ley prohíbe asegurar el fallecimiento de menores de 14 años y de personas incapacitadas (sí se puede su supervivencia o invalidez). La mayoría de compañías fija una edad máxima de contratación entre los 65 y los 70 años, y una edad límite de cobertura (a menudo 75-80).
  • Residencia. Residir en España; los extranjeros suelen necesitar acreditar residencia legal y, en algunos casos, una antigüedad mínima en el país.
  • Cuestionario de salud. Rellenar un cuestionario de salud (y, según el capital y la edad, pruebas médicas). Es el punto más importante: hay que responder con la verdad. Si se ocultan datos relevantes, la aseguradora puede reducir la indemnización o, en caso de dolo, no pagar (art. 10 de la Ley de Contrato de Seguro).
  • Datos personales y profesión. Nombre, fecha de nacimiento, DNI/NIE, dirección y profesión (ciertas ocupaciones de riesgo —bombero, piloto, trabajos en altura— pueden implicar sobreprima o exclusión).
  • Designación de beneficiarios. Decidir quién cobra el capital. Puedes cambiarlos cuando quieras (salvo designación irrevocable).
  • Capital asegurado y forma de pago. Elegir el capital que quieres garantizar y la periodicidad de la prima (mensual, trimestral o anual; el pago anual suele salir algo más barato).
  • Documentación y lectura de las condiciones. DNI, cuestionario firmado y la solicitud. Antes de firmar, lee las condiciones generales y particulares (coberturas, exclusiones, carencias) y el IPID (documento de información del producto).
Solo compañías con las que trabajamos, en orden de recomendación. La modalidad es el nombre real del producto de cada compañía (según su IPID/ficha oficial) y la carencia es la que consta en su documentación; ponemos «Consultar (IPID)» donde no hay un dato público que podamos afirmar sin inventarlo. El precio se calcula caso a caso, no es un dato de tabla.
CompañíaModalidad (nombre real)GarantíasCarenciaCuestionario saludPrecio
Asisa ASISA Vida Tranquilidad / Vida Capital Decreciente (hipoteca) IPA, doble capital por accidente, accidente de circulación, cáncer ginecológico femenino Consultar (IPID) Consultar (IPID) Según perfil (presupuesto)
AXA AXA Vida Protect (básico / completo) IPA, enfermedades graves, adelanto de sepelio (10%, máx. 6.000 €), anticipo del I. de Sucesiones Consultar (IPID) Sí, personalizado Según perfil (presupuesto)
Caser Vida Individual / Vida Starbien IPA, accidente y circulación, enfermedades graves (adultos y niños), hospitalización Consultar (IPID) Sí, básico (Individual 100% digital) Según perfil (presupuesto)
FIATC FIATC Vida (fallecimiento e invalidez / con accidentes y enf. grave) IPA, anticipo de sepelio (4.500 €), doble y triple capital por accidente, enfermedad grave Consultar (IPID) Sí, con posibles pruebas médicas según edad y capital Según perfil (presupuesto)
Helvetia Helvetia Vida Básico / Vida Esencial IPA, enfermedad grave, doble y triple capital por accidente Consultar (IPID) Sí Según perfil (presupuesto)
Mapfre Confianza Vida / Vida Riesgo V80 / Amortización de Hipoteca IPA, gran invalidez, enfermedades graves (cáncer de mama y próstata), accidente Consultar (IPID) Sí (simplificado en V80) Según perfil (presupuesto)
Ocaso Multivida / Vida Express IPA, accidente y de circulación, fallecimiento por infarto de miocardio, enfermedades graves Consultar (IPID) Consultar (IPID) Según perfil (presupuesto)
Reale Reale Vida Global / Temporal a Plazo / Riesgo Vida Express IPA, enfermedades graves y cáncer, dependencia severa y gran dependencia, anticipo de sepelio (3.000 €) Cáncer 3 meses; dependencia 1 año (fallecimiento sin carencia) Sí Según perfil (presupuesto)
Santalucía PlanVida General / PlanVida Single IPA, accidente, anticipo por enf. terminal, dependencia, fallecimiento simultáneo de la pareja (máx. 90.000 €) Consultar (IPID) Consultar (IPID) Según perfil (presupuesto)
Zurich Seguro de Vida (clásico) / Protección de Hipoteca / Seguro de Invalidez Invalidez permanente, anticipo por enfermedad terminal, testamento online gratuito Consultar (IPID) Consultar (IPID) Según perfil (presupuesto)
Seguro de vida e hipoteca: lo que el banco no te cuenta

Al firmar una hipoteca, el banco suele ofrecerte —o presionarte para— contratar su seguro de vida, a veces a cambio de bonificar el tipo de interés. Debes saber que la ley no te obliga a contratar el seguro del banco: la Ley 5/2019 de crédito inmobiliario te permite aportar una póliza equivalente de otra compañía, y el banco no puede rechazarla ni empeorarte las condiciones del préstamo por ello (sí puede pedir que mantengas la bonificación con otro producto). Para hipoteca suele encajar una temporal decreciente con capital igual a la deuda pendiente. Comparar aquí ahorra, de media, bastante dinero a lo largo de la vida del préstamo. [Fuente: BOE, Ley 5/2019]

⚠ Si vinculas el seguro a la hipoteca, revísalo cada año: muchas pólizas del banco suben de prima y compensa cambiarlas por una equivalente más barata sin perder la bonificación.

Requisitos para cobrar el seguro por fallecimiento

Cuando fallece la persona asegurada, los beneficiarios son quienes tramitan el cobro. El primer paso es comunicar el siniestro a la aseguradora; a partir de ahí, la compañía tiene 40 días para pagar desde que recibe la declaración del siniestro, y si se retrasa injustificadamente puede deber intereses de demora (arts. 18 y 20 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro). La documentación habitual que se pide es:

  • Certificado de defunción y, cuando lo pidan, informe médico con la causa del fallecimiento.
  • DNI del asegurado y de los beneficiarios y acreditación del parentesco (libro de familia, certificado de matrimonio) cuando proceda.
  • Copia de la póliza y del recibo de prima al corriente de pago.
  • Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y, si el seguro se cobra vía herencia, testamento o acta de declaración de herederos.
  • Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (o justificante de su presentación).
  • Número de cuenta para el ingreso.
Qué significa
Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento

Es un registro público del Ministerio de Justicia donde consta si una persona fallecida tenía seguros de vida o accidentes. Los beneficiarios (o cualquier interesado) pueden solicitar un certificado transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, presentando el modelo 790 y el certificado de defunción. Sirve para saber con qué compañía reclamar cuando no se conoce la póliza. → registro de contratos de seguros de fallecimiento

Ver en el glosario

Cobrar por invalidez o enfermedad grave

Si has contratado la garantía de invalidez permanente absoluta o de enfermedades graves, el capital se cobra en vida, no por fallecimiento. La documentación es menos exigente: normalmente basta con la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que declara la incapacidad, los informes médicos que acreditan la situación y su evolución, y tu documentación de identidad. Con enfermedades graves suele funcionar como anticipo: la compañía adelanta una parte del capital al diagnóstico (cáncer, infarto, etc., según póliza) para ayudarte a afrontar el tratamiento. Revisa siempre en las condiciones qué grado de invalidez y qué enfermedades concretas están cubiertas.

Formas de cobro: pago único o renta

El capital de un seguro de vida puede cobrarse de tres maneras, según lo que permita la póliza y elijan los beneficiarios:

  • Pago único (capital): se cobra toda la indemnización de una sola vez. Es lo más habitual y da liquidez inmediata.
  • Renta vitalicia: en lugar del capital, la aseguradora paga una renta mensual de por vida al beneficiario (el importe depende de su edad). Útil para garantizar ingresos estables, por ejemplo a una pareja.
  • Renta temporal: una renta periódica durante un número de años pactado. Encaja, por ejemplo, para cubrir los años que quedan hasta que los hijos sean independientes.
La letra pequeña: carencias, exclusiones y suicidio

Aquí es donde el usuario suele perder dinero o llevarse sorpresas, y donde casi nadie entra con claridad. Puntos que conviene mirar antes de firmar: - Carencias. Periodo inicial en el que ciertas coberturas todavía no aplican. En vida riesgo el fallecimiento por accidente suele cubrirse desde el primer día; algunas garantías por enfermedad pueden tener carencia. - Exclusiones. Situaciones no cubiertas: normalmente, actividades de alto riesgo no declaradas, consecuencias de enfermedades o dolencias no declaradas en el cuestionario, o siniestros derivados de ciertos deportes o conductas. - Suicidio. Por ley (art. 93 de la Ley 50/1980), el fallecimiento por suicidio queda cubierto si ha transcurrido más de un año desde la contratación de la póliza (algunas compañías reducen ese plazo, nunca lo amplían). - Cláusula de indisputabilidad. Pasado el plazo que fije la póliza, la aseguradora ya no puede impugnar el contrato por errores del cuestionario que no fueran dolosos.

La fiscalidad del seguro de vida sorprende a mucha gente, así que conviene tenerla clara desde el principio.
SupuestoTratamiento fiscalDetalle
Beneficiario distinto del tomador (lo habitual: tú pagas la póliza y cobra tu familia) Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), no IRPF Grandes diferencias por comunidad autónoma en bonificaciones
Tomador y beneficiario son la misma persona (p. ej., cobras tú una invalidez o un rescate de ahorro) IRPF, como rendimiento del capital mobiliario Tributa en tu declaración de la renta

Cómo elegir, paso a paso

  1. 1 Define para qué lo quieres: proteger a la familia (capital constante) o cubrir la hipoteca (capital decreciente).
  2. 2 Calcula el capital: deudas pendientes + los años de ingresos que quieras garantizar a tu familia. Mejor calcularlo que ir "a ojo".
  3. 3 Elige temporal o vida entera según el horizonte (mientras dura la deuda o los hijos dependen de ti → temporal).
  4. 4 Decide las garantías extra que de verdad necesitas (invalidez, enfermedades graves, accidente) sin sobreasegurarte.
  5. 5 Responde el cuestionario de salud con la verdad: es lo que garantiza que te paguen.
  6. 6 Compara varias compañías autorizadas y, si es para la hipoteca, no te quedes con la del banco sin comparar.
Escrito por
Jaime V. Jaime V. Redactor de seguros Jaime V. es redactor de seguros en Seguratis. Formó parte del equipo de la correduría durante varios años, ayudando a clientes a entender y comparar seguros de personas antes de contratar. Hoy vuelca esa experiencia en los contenidos de la web: explica coberturas, carencias y letra pequeña en lenguaje claro para que cada persona elija con criterio y sin sorpresas. Seguros de personas (vida, decesos, salud, accidentes) Comparación de coberturas y letra pequeña Divulgación de seguros para el consumidor
Revisado por Jorge P., Corredor de seguros colegiado.
Todo el mercado

Compara las 15 aseguradoras de vida

Estas son las compañías con las que trabajamos y entre las que comparamos para encontrar tu seguro de vida.

…y el resto de aseguradoras con las que tenemos acuerdo de mediación.