¿Qué es un Agente de Seguros?

Diferencias entre un agente de seguros y un corredor de seguros

Sentirse seguro, es una de las necesidades que siempre buscan satisfacer los seres humanos, y la prevención es un elemento clave en ello; y no existe mejor forma de prevenir malas circunstancias, que contratando un seguro, puesto que estos tienen como finalidad, garantizar el bienestar físico y económico de las personas que lo contraten. Ahora bien, la contratación de un seguro puede ser una actividad complicada, es por ello que en ocasiones, se recomienda considerar a los agentes de seguros y agencias de seguros.

Un agente de seguros es una persona física o jurídica que simplifica la relación entre las compañías aseguradoras y las personas interesadas en adquirir una póliza de seguro. Su trabajo consiste en fungir como mediador entre ellos y vender u ofrecer los distintos productos de aseguradora, mientras asesora y resguarda al cliente.

Cabe destacar, que una de sus principales características, consiste en desarrollar una actividad asociada o vinculada a una o varias entidades aseguradoras, dependiendo del tipo de agencia que sea.

En este sentido, la  Ley 26/2006, del 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, concibe como mediación, tanto a las actividades de presentación, propuesta, u otros trabajos realizados antes de la firma de un contrato de seguro o reaseguro, así como también, a la colaboración y cooperación durante la ejecución y celebración del mismo.

Funciones de un agente de seguros

Son diversas las funciones que debe ejercer un agente de seguros, puesto que para lograr su principal objetivo (conseguir clientes para la aseguradora que promociona), debe realizar diferentes actividades, entre las cuales se destacan:

  • Búsqueda y la fidelización de clientes.
  • Ofrecer asesoramiento a potenciales interesados.
  • Realizar ventas de los productos pertenecientes a la cartera de la compañía aseguradora.
  • Ocuparse de la promoción y renovación de pólizas.
  • Gestionar los contratos que el cliente firme con la aseguradora.
  • Acompañar al asegurado en caso de siniestro, para explicar los pasos a seguir y garantizar que la indemnización sea recibida en norma y a tiempo.
  • Entre otras cosas (pueden variar dependiendo de la agencia en cuestión).

Tipos de agentes de seguros

Asimismo, es importante señalar que dentro de esta clase de mediadores de seguros, existen dos tipos de agentes; clasificados según su formación y la cantidad de entidades aseguradoras trabajen al mismo tiempo. Dichos tipos de agentes, son los siguientes:

Agente de seguros exclusivos

La particularidad de los agentes de seguros exclusivos, parte de que sólo pueden ejercer su actividad laboral de la mano de una sola entidad aseguradora, la cual es la encargada de inscribirlo en el registro de agentes de seguros exclusivos. Al ser un agente exclusivo, esta no podrá trabajar con otras compañías, al menos que la aseguradora lo permita (normalmente lo hacen, siempre y cuando, el agente trabaje con compañías que no ofrezcan los mismos seguros).

Por otra parte, los agentes de seguros exclusivos nacen porque la misma entidad aseguradora, establece un programa de formación para generar sus propios agentes; de esta forma, les indican con qué requisitos que deben cumplir, cuáles tienen que ser sus principios básicos y la forma en la que deben ejecutar su trabajo para conveniencia de la aseguradora en cuestión.

Igualmente, se debe precisar que en cuanto a la responsabilidad civil profesional de los agentes de seguros exclusivos, se imputará directamente a las entidades aseguradoras con las cuales haya celebrado un contrato, a causa de faltas o infracciones derivadas a sus actuaciones como agente.

Agente de seguros vinculados

En relación a los agentes de seguros vinculados, estos se caracterizan porque tienen la posibilidad de trabajar con varias compañías aseguradoras a la vez. Por tal motivo, deben estar inscritos en el registro administrativo especial de mediadores de seguros, y también, deberán comprobar su aptitud legal para ejercer el comercio.

En consecuencia de lo anterior dicho, si el agente es una persona natural, debe avalar su formación en materias financieras y de seguros privados, en su lugar, las personas jurídicas, deberán ser sociedades mercantiles o cooperativas inscritas en el registro mercantil, mucho antes de la solicitud de la inscripción administrativa.

Seguidamente, es sabido que para poder ejercer las funciones como agente de seguros vinculados, se debe contar con una capacidad financiera equivalente al 4% de la suma total de todas las primas anuales recibidas. Por otro lado, un requisito fundamental es atestiguar que se posee el respaldo de todas las compañías aseguradoras, y que por tanto, asumen la responsabilidad civil de su actuación como agente vinculado, de no ser así; este deberá poseer un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía, capaz de cubrir responsabilidades en caso de negligencia.

El agente de seguros y la compañía aseguradora

En primer lugar, es importante destacar que el agente no puede hacer un cambio de compañía aseguradora, ni generar alguna modificación en la cartera de los contratos que se hayan definido con su mediación; sin la aprobación de la entidad aseguradora. Del mismo modo, la aseguradora tiene la responsabilidad de realizar la retribución a su agente, por el contrato de agencias de seguros; además de acordar las comisiones y otros beneficios económicos; esto, es algo que se realiza previamente a la firma del contrato entre el agente y la aseguradora.

Asumiendo que se haya generado el vencimiento o extinción del contrato de agencia, es obligación tanto de la entidad aseguradora, como del agente, informar y advertir sobre tal acontecimiento, a los diferentes tomadores de seguros bajo el asesoramiento del agente en cuestión, con la finalidad de manifestar el cambio de mediador, y de esta forma, mantener las relaciones (esto en caso de que la aseguradora decida no renovar el contrato con el agente).

Diferencias entre un agente de seguros y un corredor de seguros

De manera que se puedan identificar fácilmente las diferencias entre un agente y un corredor de seguros, es importante tener en cuenta ciertos factores, entre los cuales se pueden mencionar los siguientes:

  • Los corredores de seguros operan a través de una correduría de seguros, ya sean personas naturales o jurídicas, son los que se encargan de realizar la mediación de seguros sin tener ningún tipo de vínculo con una entidad aseguradora; es decir, ofrecen un servicio independiente e imparcial a su cliente, al buscar la mejor opción que se adapte a ellos, y por ende, figuran como su representante ante la compañía de seguros. Al contrario, los agentes de seguros sí mantienen un contrato de agencia con una o varias entidades, en donde se comprometen con estas a realizar la labor de mediación mientras muestran y presentan sus productos; además, en caso de los agentes, el asegurado no les pertenece, sino que les pertenece a la aseguradora con la que tengan un contrato.
  • Otro aspecto, es que los corredores de seguros tienen exigencias comerciales que no todos los agentes poseen. Un corredor, tiene la obligación de contar con autorizaciones administrativas, además de la capacidad legal para practicar el comercio. En cambio, sólo los agentes de seguros de tipo vinculados, son los que deben tener formación en materias financieras y poseer aptitud para la comercialización.
  • Por último, los corredores de seguros tienen la tarea de realizar un análisis objetivo, con el propósito, de encontrar en el mercado la recomendación más cercana a cubrir y satisfacer todas las necesidades de su cliente. Los corredores de seguros pueden orientarte al momento de elegir el mejor seguro de decesos según tus necesidades, por ejemplo te ayudarán a elegir entre el Seguro de decesos santalucia  o Decesos ocaso. No obstante, los agentes brindarán las distintas alternativas que posee su compañía aseguradora, en relación a sus productos y los requisitos que demanda la persona interesada en adquirir una de sus pólizas.