Certificado de Últimas Voluntades

El fallecimiento de una persona trae consigo un conjunto de procesos legales que deben ser llevados a cabo, entre ellos se encuentra el certificado de últimas voluntades, el cual es un documento que permite a los individuos que lo soliciten, conocer si la persona fallecida realizó un testamento, y de ser así, ante que notaría fue presentado el mismo.

¿Qué es y qué no es el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento, cuya información contenida determina si una persona ha otorgado un testamento, y en caso tal, que exista un testamento, el certificado de últimas voluntades también notifica ante qué Notario se realizó.

Es importante destacar, que el certificado de últimas voluntades no es un testamento, por el contrario, este sólo acredita que un individuo ha realizado uno, sin embargo, no incluye información acerca de la relación entre la persona fallecida y los bienes que esta poseía (y el futuro de dichos bienes).

Por su parte, el testamento es el documento que posee este tipo de información, ya que, este es el acto en el cual una persona declara y establece de manera formal, el destino que deben tener sus bienes, una vez que se produzca su fallecimiento.

¿Quién puede solicitar el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento de carácter público, lo que quiere decir, que puede ser solicitado por cualquier persona que tenga interés en la información contenida en este; siempre y cuando posea la documentación necesaria para solicitarlo y esté dispuesto a pagar las tasas correspondientes.

De esta manera, cualquier persona puede conocer si existe o no un testamento, y en caso de existirlo, también puede saber la notaría ante la cual se realizó dicho testamento.

¿Dónde se piden las últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades puede ser pedido de manera presencial, en la oficina de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, para lo cual, se debe solicitar una cita previa a través de la página web del Ministerio de Justicia, o bien, en el Registro de Actos de Última Voluntad con sede en Madrid.

Cabe destacar, que para la solicitud de este documento se requiere el certificado de defunción y el modelo 790.

¿Cómo solicitar un certificado de defunción?

Por otro lado, el certificado de defunción es necesario y obligatorio para la realización de todos los procesos relacionados con el fallecimiento y la herencia de una persona (incluyendo la solicitud del certificado de últimas voluntades). Es por ello, que es el primer documento que se debe solicitar tras un fallecimiento.

En cuanto a la solicitud del documento, esta puede realizarse en tres modalidades: presencial, por correo o vía Internet. En primer lugar, la solicitud se puede realizar de manera presencial, para ello, hay que dirigirse a la oficina del Registro Civil donde se haya inscrito el hecho del fallecimiento; en la misma, el solicitante deberá indicar su D.N.I., así como también, los datos personales del fallecido (nombre, apellido, fecha y lugar del fallecimiento) y el tipo de certificado que solicita.

Si por el contrario, la solicitud se realiza por correo postal, el solicitante debe enviar una carta a la oficina del Registro Civil, la cual, debe contener los datos personales del solicitante y de la persona fallecida (nombre, apellidos y D.N.I.); además, se debe indicar el tipo de certificado de defunción solicitado y la dirección postal a la que posteriormente se enviará el documento.

Por último, es posible solicitar el certificado de defunción a través de la página web del Ministerio de Justicia; dicha solicitud incluye la manera en la que será recibido el documento, pudiendo ser presencial (oficina del Registro Civil) o por correo ordinario, para lo cual, se debe indicar la dirección postal a la que se enviará el certificado.

El registro de últimas voluntades: ¿Qué es?

El registro de actos de última voluntad recopila todos los testamentos que hayan sido declarados por una persona, teniendo en cuenta, que un testamento queda abolido por el posterior, es decir; en el registro de últimas voluntades se encuentran inscritos todos los testamentos que en vida haya realizado una persona.

En este sentido, es en el Registro de Actos de Últimas Voluntades (Ministerio de Justicia) donde se realiza el procedimiento necesario para la solicitud y emisión del certificado de última voluntad, que sea requerido por los solicitantes interesados en el caso.

El modelo 790 de últimas voluntades: ¿Qué es?

El modelo 790 es un formulario a través del cual, es posible realizar el abono de las tasas correspondientes para la solicitud del certificado de últimas voluntades, las mismas se pagan en los bancos y entidades dispuestas por la legislación española para tal fin.

La solicitud 790 se puede realizar de manera presencial y completamente gratuita, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano ubicada en Madrid, por otro lado, para el resto de las comunidades autónomas, la solicitud 790, puede realizarse en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia.

A su vez, el modelo 790 puede ser solicitado a través de Internet, en la página web del Ministerio de Justicia, donde se encuentra disponible la solicitud 790 para ser descargada e impresa, para posteriormente ser consignada en la oficina correspondiente para realizar el pago de la tasa.

¿Cuál es la tasa del certificado últimas voluntades?

La tasa que corresponde al certificado de últimas voluntades, tiene un valor de 3,78 € que deben ser pagados con exactitud y sin errores en las entidades bancarias disponibles. En este sentido, la legislación española y el Ministerio de Justicia establecen distintas formas de pago de la tasa, a través de la banca electrónica o de manera presencial en una agencia bancaria colaboradora dentro o fuera de España.

Certificado de últimas voluntades online

Asimismo, el certificado de últimas voluntades se puede realizar de manera online, a través del sitio web oficial del Ministerio de Justicia; para ello, el solicitante debe completar el formulario disponible en la página, con los datos del fallecido. A continuación, el sistema mostrará si la información proporcionada es correcta, de ser así, continuará el proceso de solicitud.

Una vez introducidos los datos requeridos, para continuar el proceso de solicitud se debe realizar el pago de la tasa 006, relacionada a los procesos telemáticos. Esta tasa debe ser pagada a la Agencia Tributaria para Tasas Administrativas, la cual, dispone de una serie de bancos e instituciones financieras para realizar dicho pago.

Es importante mencionar, que la solicitud de últimas voluntades online o presencial, sólo puede realizarse una vez transcurridos 15 días posteriores al fallecimiento; además, el certificado de últimas voluntades no puede ser solicitado para fechas de fallecimiento anteriores al 2 de abril de 2009.

Aspectos importantes sobre el certificado de últimas voluntades

Existen ciertos aspectos que deben ser tomados en cuenta al momento de realizar la solicitud del certificado de últimas voluntades, esto para evitar problemas o confusiones durante el proceso, además, de facilitar y acelerar todos los asuntos legales relacionados.

  • La solicitud del certificado de últimas voluntades debe realizarse posterior a los 15 días del fallecimiento.
  • El certificado de últimas voluntades es de carácter público.
  • Es obligatoria la consignación del certificado de defunción (emitido por el Registro Civil de la localidad donde se haya producido el fallecimiento) y el modelo de formulario 790.
  • Debe abonarse una tasa administrativa de 3,78 €.
  • La solicitud de todos los documentos mencionados, puede realizarse de manera presencial o a través de la página web del Ministerio de Justicia.
  • El plazo contemplado para la emisión del certificado de últimas voluntades, es de 10 hábiles a partir de la recepción de los documentos (correo postal); en el caso, de las solicitudes online el plazo se reduce a la mitad.
  • En los casos en que el certificado de últimas voluntades sea requerido en el extranjero, este debe ser legalizado o apostillado previamente.

El Ministerio de Justicia últimas voluntades

El Ministerio de Justicia es el departamento administrativo, que tiene como función el desarrollo de los procesos de ordenamiento jurídico relacionados con el derecho civil, penal, procesal y mercantil en España.

Es por ello, que dicho organismo es el encargado de la emisión de los certificados de últimas voluntades, en este sentido, dicho ente es el que regula el funcionamiento de las oficinas administrativas, en las cuales, se llevan a cabo los procesos para la solicitud y emisión de los documentos necesarios, para el certificado de últimas voluntades.

A su vez, toda la información correspondiente a las tasas administrativas correspondientes, el abono de estas, así como también, los datos de las entidades bancarias colaboradoras, se encuentran dispuestos en la página web oficial del Ministerio de Justicia.