### En 30 segundos - El certificado o reconocimiento médico no es obligatorio para contratar un seguro de decesos: la mayoría de pólizas se firman solo con un cuestionario de salud declarativo. - El cuestionario se ampara en el artículo 10 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro; contestar con reserva o inexactitud sin dolo puede reducir la prestación; hacerlo con dolo o culpa grave puede dejar a la aseguradora liberada del pago. - A edad avanzada o en pólizas de capital alto alguna compañía puede pedir más información o una prueba médica, pero es la excepción. - Tener una enfermedad preexistente no impide contratar en muchos casos; ocultarla es lo que de verdad pone en riesgo la cobertura.
¿Certificado, reconocimiento o cuestionario? No es lo mismo
Para contratar un seguro de decesos no es obligatorio aportar un certificado médico ni pasar un reconocimiento: la inmensa mayoría de las pólizas se firman únicamente con un cuestionario de salud. No existe ninguna norma que imponga un chequeo médico previo en este ramo; es cada aseguradora la que decide, según su política de suscripción, qué información pide antes de aceptar el riesgo.
Conviene separar tres términos que suelen confundirse:
- Certificado o reconocimiento médico: prueba realizada por un facultativo (analítica, exploración, informe). Rara vez se pide en decesos.
- Cuestionario de salud: declaración que rellenas tú, sin pruebas. Es lo normal.
- Entrevista telefónica de salud: una llamada en la que la compañía repasa el cuestionario. Es la alternativa habitual al reconocimiento presencial cuando quiere afinar.
En muchos productos de capital modesto ni siquiera hay cuestionario extenso: basta una breve declaración de no estar en tratamiento grave. La prueba médica queda reservada a casos concretos que veremos más abajo.
Cuestionario de salud Formulario en el que el solicitante declara su estado de salud antes de contratar. La aseguradora lo usa para valorar el riesgo; ocultar datos relevantes puede dejar la cobertura sin efecto. → Glosario: cuestionario de salud
Ver en el glosarioQué dice la ley sobre el cuestionario de salud
El cuestionario no es un capricho de la compañía: tiene base legal en el artículo 10 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. Ese artículo establece que el tomador tiene el deber de declarar, antes de firmar, todas las circunstancias que conozca y que puedan influir en la valoración del riesgo, pero solo respecto a lo que la aseguradora le pregunte en un cuestionario. Dicho de otro modo: si la compañía no te somete un cuestionario, quedas liberado de ese deber; y solo respondes por aquello sobre lo que se te pregunta.
El seguro de decesos, además, tiene su propia regulación en el artículo 106 bis de la misma ley, añadido por la Ley 20/2015. Ahí se define que el asegurador garantiza la prestación de los servicios funerarios pactados cuando fallece el asegurado. Ni ese artículo ni ningún otro exigen un examen médico para contratar: la valoración del riesgo se hace, salvo excepciones, con la información declarada. Puedes consultar el texto completo en el BOE.
Qué pasa si oculto datos o miento en el cuestionario
Aquí está lo importante, porque muchas reclamaciones de decesos se rechazan precisamente por esto. El mismo artículo 10 regula las consecuencias de una declaración incompleta o inexacta, y distingue según haya habido buena o mala fe:
- Reserva o inexactitud sin dolo ni culpa grave: si la compañía descubre datos que debías haber declarado, puede rescindir el contrato en el plazo de un mes desde que los conoce. Si el fallecimiento ocurre antes de esa rescisión, la prestación se reduce de forma proporcional a la diferencia entre la prima pagada y la que se habría cobrado de conocer el riesgo real.
- Con dolo o culpa grave: si has ocultado o falseado datos de forma deliberada o gravemente negligente, la aseguradora queda liberada del pago de la prestación y conserva las primas.
Por eso la recomendación es siempre la misma: responde con sinceridad. Tener una enfermedad preexistente no impide contratar en muchos casos —puede implicar una carencia o un ajuste de prima—, pero ocultarla es lo que de verdad pone en riesgo la cobertura cuando la familia más la necesita. Lo desarrollamos en la guía de seguro de decesos con enfermedades previas.
Enfermedad preexistente Dolencia o condición de salud que el asegurado ya padece antes de contratar la póliza. Declararla es clave: su ocultación puede reducir o anular la prestación. → Glosario: enfermedad preexistente
Ver en el glosarioCuándo sí te pueden pedir una prueba médica
Aunque lo habitual es no pedir prueba médica, hay situaciones en las que una compañía puede solicitar información adicional o incluso un reconocimiento. No es lo normal, pero conviene saberlo para no llevarse sorpresas:
- Edad avanzada al contratar: a partir de cierta edad algunas aseguradoras endurecen el cuestionario o piden más detalle. El seguro de decesos para mayores suele orientarse hacia la modalidad de pago único y a un cuestionario más exigente.
- Capital de sepelio elevado: cuanto mayor es la suma asegurada, más se afina la valoración del riesgo.
- Antecedentes declarados: si en el cuestionario declaras una patología relevante, la compañía puede pedir un informe médico para valorarla antes de aceptar.
- Coberturas añadidas de vida o accidentes: algunos productos combinan el sepelio con un capital adicional por fallecimiento, y esa parte puede requerir más información de salud.
En estos casos, la alternativa al reconocimiento presencial suele ser una entrevista telefónica de salud o una declaración firmada más detallada. Como los límites de edad y de capital cambian de una aseguradora a otra y no todas los publican de forma verificable, los dejamos como Consultar (IPID) en lugar de dar una cifra concreta.
| Situación | Qué es habitual | ¿Prueba médica? |
|---|---|---|
| Póliza estándar, edad media | Cuestionario de salud declarativo | No |
| Capital de sepelio elevado | Cuestionario más detallado | Excepcional |
| Edad avanzada | Cuestionario reforzado o pago único | Poco frecuente |
| Patología declarada | Informe médico de la dolencia | Posible |
El pago único y las pólizas 'sin cuestionario'
Existe una idea extendida de que el pago único se contrata siempre sin cuestionario. No es exacto. Es cierto que en algunas modalidades sencillas y de capital contenido la compañía prescinde del cuestionario o lo reduce a una declaración mínima, pero eso depende del producto y de la aseguradora, no de la modalidad de prima en sí. Si te interesa entender las diferencias de coste, lo desarrollamos en la guía de prima única o nivelada en decesos.
Que no haya cuestionario no significa que no haya control: muchas de esas pólizas aplican una carencia por enfermedad, un periodo inicial durante el cual solo se cubre el fallecimiento por accidente y aún no el fallecimiento por causa natural. El fallecimiento por accidente suele quedar cubierto desde el alta. Así, la compañía se protege sin necesidad de pruebas médicas, y por eso conviene fijarse en la carencia tanto o más que en el cuestionario.
Periodo de carencia Plazo inicial de la póliza durante el cual algunas coberturas todavía no pueden usarse aunque ya se pague la prima. En decesos suele limitar el fallecimiento por enfermedad; el accidente se cubre desde el alta. → Glosario: periodo de carencia
Ver en el glosarioContratar solo con cuestionario: ventajas y puntos a vigilar
Cómo rellenar el cuestionario de salud sin errores
- 1 Lee cada pregunta con calma. El deber de declaración solo alcanza a lo que la aseguradora pregunta. Entiende bien qué te piden antes de responder.
- 2 Declara con sinceridad. Incluye tratamientos, patologías crónicas e ingresos relevantes. Ocultar datos por dolo o culpa grave puede dejar la prestación sin efecto.
- 3 No adornes ni minimices. Ni exageres ni restes importancia a una dolencia: describe tu situación tal cual, con los datos que conozcas.
- 4 Guarda una copia firmada. Conserva el cuestionario y las condiciones. Es tu prueba de que declaraste con transparencia si más adelante hay una discrepancia.
- 5 Pregunta a la correduría si dudas. Ante una patología concreta, una correduría te dice qué compañías la admiten y en qué condiciones antes de firmar.
Compañías autorizadas
Compañías de decesos y sus requisitos de contratación
Estas compañías del ramo se contratan, en sus productos habituales, con cuestionario de salud declarativo y sin reconocimiento médico. Las condiciones exactas y el capital de sepelio se confirman en el presupuesto. Precio: según perfil (presupuesto). Datos de producto: Consultar (IPID).
- Seguro de decesos Santalucía — compañía especialista en decesos.
- Seguro de decesos Helvetia — decesos con red funeraria propia y concertada.
- Seguro de decesos Aura — decesos con distintas modalidades de prima.
Todas ellas son entidades autorizadas con las que Seguratis puede tramitar la contratación. Si te interesa otra marca no incluida aquí, puedes verla y compararla en el comparador de decesos.
### Letra pequeña sobre el cuestionario El cuestionario de salud se ampara en el artículo 10 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro: declarar con reserva o inexactitud puede reducir la prestación, y hacerlo con dolo o culpa grave puede dejar a la aseguradora liberada del pago. Los límites de edad y capital a partir de los cuales se pide más información o una prueba médica cambian por compañía y no todos se publican de forma verificable (Consultar / IPID). Seguratis es correduría inscrita en la DGSFP (clave J-4346).
No. Por norma general no se exige certificado ni reconocimiento médico. La mayoría de pólizas de decesos se contratan solo con un cuestionario de salud declarativo que rellenas tú mismo, sin pruebas.
Es un formulario en el que declaras tu estado de salud antes de contratar. Se ampara en el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro y sirve a la aseguradora para valorar el riesgo. Solo respondes por aquello que te pregunta.
Si hay reserva o inexactitud sin mala fe, la prestación puede reducirse de forma proporcional. Si la ocultación es dolosa o con culpa grave, la aseguradora puede quedar liberada del pago. Conviene declarar siempre con sinceridad.
Es excepcional. Puede ocurrir con capitales de sepelio elevados, a edad avanzada, si declaras una patología relevante o si el producto añade un capital de vida. En muchos casos basta una entrevista telefónica de salud.
No siempre. Algunas modalidades sencillas prescinden del cuestionario, pero depende del producto y la compañía, no de la modalidad de prima. Suelen aplicar una carencia por enfermedad en lugar de exigir pruebas médicas.
En muchos casos sí, declarándola en el cuestionario. Puede implicar una carencia o un ajuste de prima, y alguna compañía puede pedir un informe. Ocultarla es lo que de verdad pone en riesgo la cobertura.
Se puede contratar, aunque a esas edades es más frecuente el pago único y un cuestionario más exigente. Revisa las opciones en la guía de decesos para mayores.