SEGURO DE DECESOS: PERÍODO DE CARENCIA

¿Qué es el periodo de carencia?

En los seguros, el periodo de carencia es el tiempo que pasa desde que entra en efecto el contrato hasta que el cliente puede acceder a las garantías contratadas. Las compañías disponen de este plazo de carencia para evitar que el tomador utilice los beneficios del seguro para resolver una circunstancia consciente y previa a la firma de la póliza. Cuando finaliza la carencia, la aplicación de las coberturas entra en vigor.

El periodo de carencia aparece en todo tipo de seguros, pero es especialmente relevante en los seguros de decesos, de vida y de salud. Además, varía en función de múltiples factores. El primero de ellos es la carencia de una cobertura concreta. Así, en las cláusulas de un seguro de decesos la cobertura del servicio del sepelio puede no aplicar carencia, mientras que sí hacerlo en la cobertura de asistencia en viaje.

Además, el periodo de carencia fluctúa enormemente según la aseguradora, de tal manera que es difícil establecer unos rangos concretos. Lo ideal aquí es usar un comparador para consultar las condiciones del seguro y qué carencias contiene. De forma general, un periodo de carencia suele aplicarse entre los 20 y los 365 días tras la contratación.

¿Es lo mismo carencia que exclusión?

Es importante diferenciar la carencia de la exclusión, ya que no son lo mismo. En la exclusión de una cobertura, la aplicación de sus garantías no tienen lugar bajo esas circunstancias en ningún caso, es decir, sin importar el tiempo transcurrido. Los principales motivos de la exclusión van ligados a situaciones preexistentes y conscientes que condicionen el riesgo de la aseguradora. Por ejemplo, en el caso de un seguro de salud, la compañía no correrá con los gastos derivados de una dolencia que ya tuviera y de la que ya fuera consciente el cliente antes de suscribir la póliza.

Eliminar carencias en el seguro de decesos

Por otro lado, cabe aclarar que las carencias se anulan ante situaciones de emergencia, es decir, que puedan poner en peligro integridad del paciente. Así viene recogido en la Ley del Contrato del Seguro 50/1980. Por tanto, todas las compañías están obligadas a suspender las carencias en estos casos, para prestar así asistencias de carácter urgente.

Además, es posible eliminar el periodo de carencia de tu póliza, y poder acceder a las garantías del seguro al instante. La manera de hacerlo es trasladar tu póliza de una compañía a otra, aunque se suele requerir una antigüedad de un año, y que las coberturas del nuevo contrato sean similares a las del anterior. Como mucho -algo que es frecuente en los seguros de salud- la compañía te solicitará un cuestionario de salud para verificar tu idoneidad. Pueden, por tanto, solicitarte datos o informes de carácter personal o médicos. Si todo está en orden, es muy probable que te anulen los periodos de carencia, total o parcialmente.


El periodo de carencia en el seguro de decesos

Las condiciones de una carencia en el ramo de decesos son similares a las de otros sectores. Así, mientras se aplique el periodo de carencia se considerará que la cobertura no está aún vigente. En tu póliza de decesos, la carencia suele aplicarse de manera heterogénea a las diversas coberturas. En muchas ocasiones, los servicios básicos de un seguro de decesos no aplican periodo de carencia.

Aun así, recuerda que habrá exclusiones que anularán la aplicación de coberturas en todos los casos. Lo habitual en los seguros de decesos es que haya exclusión en caso de fallecimiento por catástrofes naturales, accidentes nucleares o radiactivos, actos bélicos, terroristas o disturbios. En cuanto a la muerte voluntaria, la carencia puede variar; algunas compañías no la aplican, mientras que en otras el periodo es de un año.

Seguros de decesos: ejemplos de carencias

  • A continuación ofrecemos unos ejemplos de la aplicación de carencias en los seguros de defunción. Como puedes comprobar, en la mayoría de las ocasiones no se aplican o son los requisitos son muy generosos.
  • Santalucía: no aplica carencia a sus coberturas básicas, aunque en otras coberturas complementarias el periodo de carencia puede ir desde los 3 hasta los 10 meses.
  • Ocaso: la garantía tomará efecto a los treinta días de la fecha de la formalización del Contrato de Seguro, una vez abonada la primera prima, salvo que el fallecimiento se haya producido por accidente, en cuyo caso el efecto es inmediato.
  • Helvetia: no aplica periodo de carencia.
  • DKV: al igual que muchos otros, DKV no aplica periodo de carencia en su seguro de decesos.
  • Axa: en sus coberturas básicas del seguro de decesos no aplica carencia.
  • Caser: su seguro de decesos Familiar no tiene carencia.